Información oficial del Diario Oficial de Extremadura en el día 03-08-2026
Consejería De Economía, Empleo Y Transformación Digital. Fomento Del Empleo. Subvenciones. (2026040195)
Decreto 154/2026, de 28 de julio, por el que se modifica el Decreto 39/2024, de 30 de abril, por el que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones para el fomento y consolidación del empleo autónomo en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura y se aprueba la primera convocatoria de las ayudas de los Programas I, II, III, IV y V para el periodo 2024-2025.
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Decreto 154/2026, de 28 de julio, por el que se modifica el Decreto 39/2024, de 30 de abril, por el que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones para el fomento y consolidación del empleo autónomo en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura y se aprueba la primera convocatoria de las ayudas de los Programas I, II, III, IV y V para el periodo 2024-2025.Lunes 3 de agosto de 2026
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CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, EMPLEO Y TRANSFORMACIÓN DIGITAL
DECRETO 154/2026, de 28 de julio, por el que se modifica el Decreto
39/2024, de 30 de abril, por el que se establecen las bases reguladoras de
las subvenciones para el fomento y consolidación del empleo autónomo en el
ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura y se aprueba la primera
convocatoria de las ayudas de los Programas I, II, III, IV y V para el periodo
2024-2025. (2026040195)
El Decreto 39/2024, de 30 de abril (DOE núm. 109, de 6 de junio de 2024) establece las bases
reguladoras de la concesión de subvenciones para el fomento y consolidación del empleo autónomo en la Comunidad Autónoma de Extremadura, a través de cinco programas: Programa
I: Ayudas al establecimiento de personas desempleadas como trabajadoras autónomas, Programa II: Ayudas a las personas autónomas que propicien la inserción laboral de un familiar
colaborador, Programa III: “Tarifa Cero para nuevos autónomos”. Ayudas al establecimiento
de personas desempleadas como trabajadoras autónomas para sufragar el coste de la cuota
de la Seguridad Social o mutualidad alternativa, Programa IV: Ayudas a personas ocupadas,
encuadradas en el Régimen General de la Seguridad Social como trabajadoras por cuenta
ajena, que inicien una actividad empresarial o profesional como personas trabajadoras autónomas, siempre que deban quedar encuadradas en el Régimen Especial de Trabajadores
Autónomos (RETA) y Programa V: Ayudas a las personas trabajadoras autónomas que hayan
sido beneficiarias de las ayudas del Programa I previstas en el presente decreto de bases
reguladoras, para el mantenimiento del alta en RETA o mutualidad alternativa durante un período de 12 meses adicional al período de mantenimiento obligatorio ordinario de 24 meses.
La experiencia acumulada en la tramitación de la primera convocatoria de las presentes ayudas hace prioritario actualizar diversos aspectos del Decreto 39/2024, tales como la creación
de un Programa VI: “Tarifa Cero Familiar Colaborador”. Ayudas a las personas trabajadoras
autónomas que incorporen a personas desempleadas como familiares colaboradores para
sufragar el coste de la cuota de la Seguridad Social, para que las personas beneficiarias del
Programa II, puedan acceder a la Tarifa Cero, y así beneficiarse de las ayudas para sufragar
el coste de la seguridad social por la contratación de un familiar colaborador.
Por otro lado, y de conformidad con la Ley 3/2022, de 17 de marzo, de medidas ante el reto
demográfico y territorial de Extremadura, es necesario actualizar la ayuda para los adquirentes de un negocio por relevo generacional, por lo que dicha ayuda ascenderá a 4.000,00
euros, que podría ser incrementada en 2.000,00 euros, si el adquirente tiene el domicilio de
la actividad en municipios de menos de 10.000 habitantes.
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