Información oficial del Boletín Oficial Comunidad Madrid en el día 05-03-2024

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Boletín Oficial Comunidad Madrid
05/03/2024

Becerril de la Sierra (BOCM-20240305-70)

Personal. Nombramiento personal laboral

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Personal. Nombramiento personal laboral
Página 1 del anuncio BOCM

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

B.O.C.M. Núm. 55

MARTES 5 DE MARZO DE 2024

Pág. 245

III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
70

BECERRIL DE LA SIERRA
PERSONAL

Por la presente, de conformidad con lo establecido en la base decimosexta de las bases
reguladoras para cubrir una plaza de Auxiliar Informático, en régimen de personal laboral,
mediante concurso, al amparo de lo establecido en la disposición adicional sexta de la
Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de Medidas Urgentes para la Reducción de la Temporalidad en el Empleo Público (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 280,
de 24 de noviembre de 2022), se publica el decreto de Alcaldía número 136/2024, de 22 de
febrero de 2024, con la siguiente parte resolutiva:
1. Acordar la contratación como personal laboral fijo del Ayuntamiento de Becerril
de la Sierra (Madrid), de don Daniel Fernández Larrán, con DNI ***2922**, para cubrir la
plaza que se indica en el siguiente cuadro, al haber sido el candidato que, una vez superado el proceso selectivo, ha sido propuesto por el Tribunal Calificador habiendo posteriormente acreditado el cumplimiento de los requisitos exigidos en la convocatoria.

D1

DENOMINACIÓN
AUXILIAR INFORMATICO

PLAZAS
1

La formalización de la novación de su contrato de trabajo se efectuará en el plazo
máximo de un mes, contado desde la fecha de publicación de la propuesta en el BOLETÍN
OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
2. En aplicación de la base decimonovena de la convocatoria, no se dispone la formación de “Bolsa de Trabajo”, ya que ninguno de los aspirantes, a excepción del candidato propuesto, ha obtenido más del mínimo de 25 puntos exigido para formar parte de la misma.
3. Publicar la presente resolución, en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE
MADRID, así como en el Portal de Transparencia del Ayuntamiento de Becerril de la Sierra (Madrid), a los efectos legales oportunos.
4. Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa de conformidad
con lo dispuesto en el artículo 52 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases
de Régimen Local, se podrá interponer el recurso potestativo de reposición, en el plazo de
un mes, a contar de fecha a fecha desde el siguiente a su publicación, ante el señor alcalde
del Ayuntamiento de Becerril de la Sierra (Madrid). Si transcurrido el plazo de un mes desde la interposición de este recurso no se ha recibido resolución expresa del mismo, este se
tendrá por desestimado y se podrá interponer el recurso contencioso-administrativo ante el
Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de reparto del partido judicial de Madrid, en el
plazo de seis meses, contados de fecha a fecha desde el día siguiente a aquel en que el señor alcalde tendría que haber resuelto el recurso potestativo de reposición, en la forma y con
los requisitos exigidos en la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción
Contencioso-Administrativa.
En el caso de resolución expresa desestimatoria del recurso potestativo de reposición,
el plazo para interponer el recurso contencioso-administrativo será de dos meses, contados
de fecha a fecha desde el día siguiente a la recepción de la notificación, ante el Juzgado de
lo Contencioso-Administrativo de reparto del partido judicial de Madrid.
No obstante lo anterior, se puede interponer directamente por parte de los interesados
el recurso contencioso-administrativo, sin necesidad de interponer previamente el recurso
potestativo de reposición, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de reparto del
partido judicial de Madrid, en el plazo de dos meses, contados de fecha a fecha desde el
día siguiente a la publicación de la presente, en la forma y con los requisitos exigidos en
la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Todo ello sin perjuicio de la interposición de cualquier otro recurso que el interesado
considere conveniente.

BOCM-20240305-70

GRUPO SEGÚN CONVENIO COLECTIVO
DEL PERSONAL LABORAL

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