Información oficial del Boletín Oficial Comunidad Madrid en el día 29-05-2024
C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CIENCIA Y UNIVERSIDADES (BOCM-20240529-16)
Centros de educación infantil – Orden 2238/2024, de 14 de mayo, del Consejero de Educación, Ciencia y Universidades, por la que se aprueba el traslado de edificio y la ampliación de unidades de primer ciclo de Educación Infantil en la Escuela Infantil Talín de Majadahonda y en la Casa de Niños de Valdetorres de Jarama, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia
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Centros de educación infantil – Orden 2238/2024, de 14 de mayo, del Consejero de Educación, Ciencia y Universidades, por la que se aprueba el traslado de edificio y la ampliación de unidades de primer ciclo de Educación Infantil en la Escuela Infantil Talín de Majadahonda y en la Casa de Niños de Valdetorres de Jarama, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y ResilienciaPág. 42
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 29 DE MAYO DE 2024
B.O.C.M. Núm. 127
I. COMUNIDAD DE MADRID
C) Otras Disposiciones
Consejería de Educación, Ciencia y Universidades
ORDEN 2238/2024, de 14 de mayo, del Consejero de Educación, Ciencia y Universidades, por la que se aprueba el traslado de edificio y la ampliación de unidades
de primer ciclo de Educación Infantil en la Escuela Infantil Talín de Majadahonda
y en la Casa de Niños de Valdetorres de Jarama, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
La Ley Orgánica 3/1983 de 25 de febrero, del Estatuto de Autonomía de la Comunidad
de Madrid, establece en su artículo 29 que corresponde a la comunidad autónoma la competencia de desarrollo legislativo y ejecución de la enseñanza en toda su extensión, niveles,
grados, modalidades y especialidades, de acuerdo con lo establecido en el artículo 27 de la
Constitución y leyes orgánicas que lo desarrollan.
La Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, en su artículo 15.1, insta a las
Administraciones públicas a promover un incremento progresivo en la oferta de plazas públicas en el primer ciclo de Educación Infantil y ordena que todos los centros habrán de estar autorizados por la Administración educativa correspondiente y supervisados por ella.
La Comunidad de Madrid, con objeto de facilitar la conciliación de la vida familiar y
laboral, mantiene desde hace varias décadas, en colaboración con los Ayuntamientos de la
región, una amplia red de centros educativos públicos específicos de Educación Infantil.
Más recientemente, la Estrategia de protección a la maternidad y paternidad y de fomento
de la natalidad y la conciliación 2022-2026 de la Comunidad de Madrid, incluye entre sus
medidas el incremento de plazas públicas destinadas al primer ciclo de Educación Infantil.
La actuación derivada de la presente orden se financiará con cargo a los fondos del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia (MRR) de la Unión Europea, establecido por el Reglamento (UE) 2020/2094 del Consejo, de 14 de diciembre de 2020, por el que se establece un Instrumento de Recuperación de la Unión Europea para apoyar la recuperación tras
la crisis de la COVID-19, y regulado según el Reglamento (UE) 2021/241 del Parlamento
Europeo y del Consejo, de 12 de febrero de 2021, por el que se establece el Mecanismo de
Recuperación y Resiliencia.
Dicha actuación está encuadrada en la Palanca VII, componente 21, inversión 1 del Plan
de Recuperación, Transformación y Resiliencia y contribuyen a la consecución del objetivo
309 “Nuevas plazas para el primer ciclo de Educación Infantil”, promovido por la Unión
Europea, para cuyo cumplimiento el Ministerio de Educación y Formación Profesional
(MEFP) y las comunidades autónomas están desarrollando un programa de puesta en marcha de nuevas plazas de titularidad pública, prioritariamente para niñas y niños de 1 y 2 años.
Por todo ello, es objetivo de la Comunidad de Madrid incrementar la oferta pública de
plazas escolares para el primer ciclo de Educación Infantil a través de diversas actuaciones:
construcción de nuevas escuelas infantiles, ampliación de la capacidad de otras ya existentes. A través de estas actuaciones, la Comunidad de Madrid quiere facilitar la conciliación
de la vida laboral y familiar y potenciar el carácter preventivo y compensador de desigualdades y dificultades de aprendizaje que la escolarización temprana tiene.
Además de la normativa aplicable correspondiente al Mecanismo de Recuperación y
Resiliencia de la Unión Europea, para el desarrollo de estas actuaciones se procederá conforme a la normativa aplicable para el primer ciclo de Educación Infantil en la Comunidad
de Madrid: Decreto 36/2022, de 8 de junio, del Consejo de Gobierno, por el que se establece para la Comunidad de Madrid la ordenación y el currículo de la etapa de Educación Infantil, Decreto 18/2008, de 6 de marzo, del Consejo de Gobierno, por el que se establecen
los requisitos mínimos de los centros que imparten el primer ciclo de Educación Infantil en
el ámbito de la Comunidad de Madrid y Orden 123/2015, de 26 de enero, de la Consejería
de Educación, Juventud y Deporte, sobre admisión de alumnos de primer ciclo de Educación Infantil en centros públicos de la Comunidad de Madrid.
Con objeto de ampliar la oferta educativa de primer ciclo de Educación Infantil, mediante esta orden se crean cinco nuevas unidades de primer ciclo en dos centros que su-
BOCM-20240529-16
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Otra información oficial del Boletín Oficial Comunidad Madrid del día 29-05-2024
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