Información oficial del Boletín Oficial Comunidad Madrid en el día 04-06-2024

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Boletín Oficial Comunidad Madrid
04/06/2024

Cercedilla (BOCM-20240604-73)

Régimen económico. Ordenanza fiscal

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Régimen económico. Ordenanza fiscal
Página 1 del anuncio BOCM
Pág. 230

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 4 DE JUNIO DE 2024

B.O.C.M. Núm. 132

III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
73

CERCEDILLA
RÉGIMEN ECONÓMICO

Aprobación definitiva de la ordenanza fiscal del servicio municipal de abastecimiento
de agua potable del Ayuntamiento de Cercedilla.
ORDENANZA FISCAL DEL SERVICIO MUNICIPAL
DE ABASTECIMIENTO DE AGUA POTABLE
TÍTULO I
Capítulo I
Fundamento legal y objeto
Artículo 1.—Este Ayuntamiento conforme a lo autorizado por los artículos 20 y 57 del
Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido
de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, establece en este término municipal, la tasa
por el suministro municipal de agua potable a domicilio.
Art. 2.—El abastecimiento de agua potable de este municipio es un servicio municipal
de conformidad con las prescripciones vigentes, explotándose por cuenta del Ayuntamiento. Por tanto, se considerará como Operador en todo lo regulado en la presente ordenanza
al propio Ayuntamiento.
Capítulo II
Hecho imponible
Art. 3.—Está constituido por la actividad municipal desarrollada con motivo de la
aducción y distribución de agua potable, el enganche de líneas a la red y la colocación y
utilización de contadores.
El saneamiento incluye los servicios de alcantarillado, depuración y el enganche de las
acometidas a la red.
Capítulo III
Devengo

Capítulo IV
Sujetos pasivos
Art. 6.—1. Son sujetos pasivos de la Tasa en concepto de contribuyentes, las personas
físicas y jurídicas, así como las entidades a que se la Ley General Tributaria, que soliciten o
resulten beneficiadas por los servicios a que se refiere esta Ordenanza.
2. Son sujetos pasivos de la tasa en concepto de sustituto del contribuyente, en caso de
separación del dominio directo y útil, los propietarios de la finca a la que se preste el servicio.

BOCM-20240604-73

Art. 4.—La obligación de contribuir nacerá en el momento en que se inicie la prestación del servicio o se detecte el uso de agua de la red pública o el alcantarillado, haya sido o
no formalizada la correspondiente alta, facturándose el consumo en la forma indicada en el
artículo 10 de la ordenanza fiscal, sin perjuicio de ser sancionado conforme al Reglamento
del Servicio Municipal de Abastecimiento de Agua Potable.
Art. 5.—Con carácter general la tasa se devenga el primer día de cada trimestre natural
del año siendo el titular en ese momento el obligado tributario.

Otra información oficial del Boletín Oficial Comunidad Madrid del día 04-06-2024

C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE FAMILIA, JUVENTUD Y ASUNTOS SOCIALES (BOCM-20240604-34)

Regulación comedores sociales – Resolución 2773/2024, de 22 de mayo, de la Dirección General de Servicios Sociales e Integración, de la Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales, por la que se regula la concesión de plazas en la Red Abierta de Comedores Sociales de la Comunidad de Madrid

D) Anuncios - CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, AGRICULTURA E INTERIOR (BOCM-20240604-49)

Expropiación – Orden 1903/2024, de 30 de mayo, de la Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior, por la que se somete a información pública la relación de bienes y derechos afectados por el “Proyecto de la Arteria Norte, para suministro de agua potable al sistema general aeroportuario de Madrid-Barajas”,...

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