Información oficial del Boletín Oficial Comunidad Madrid en el día 14-06-2024

Versión beta
Boletín Oficial Comunidad Madrid
14/06/2024

C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE FAMILIA, JUVENTUD Y ASUNTOS SOCIALES (BOCM-20240614-20)

Delegación funciones – Orden 1642/2024, de 30 de mayo, de la Consejera de Familia, Juventud y Asuntos Sociales, por la que se delegan en los órganos correspondientes de las entidades locales las facultades de instrucción y resolución de los procedimientos sancionadores por infracciones cometidas por los usuarios de centros y servicios y beneficiarios de las prestaciones de atención social primaria, previstas en la Ley 12/2022, de 21 de diciembre, de Servicios Sociales de la Comunidad de Madrid

Buscador de información oficial

¿No encuentras lo que buscas? No desesperes y deja de perder más el tiempo.
Reta a nuestro buscador a encontrarlo...¡dale caña!
Comenzar a buscar

Contenido de la primera página

Delegación funciones – Orden 1642/2024, de 30 de mayo, de la Consejera de Familia, Juventud y Asuntos Sociales, por la que se delegan en los órganos correspondientes de las entidades locales las facultades de instrucción y resolución de los procedimientos sancionadores por infracciones cometidas por los usuarios de centros y servicios y beneficiarios de las prestaciones de atención social primaria, previstas en la Ley 12/2022, de 21 de diciembre, de Servicios Sociales de la Comunidad de Madrid
Página 1 del anuncio BOCM
B.O.C.M. Núm. 141

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 14 DE JUNIO DE 2024

Pág. 75

I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones
Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales
ORDEN 1642/2024, de 30 de mayo, de la Consejera de Familia, Juventud y
Asuntos Sociales, por la que se delegan en los órganos correspondientes de las
entidades locales las facultades de instrucción y resolución de los procedimientos sancionadores por infracciones cometidas por los usuarios de centros y
servicios y beneficiarios de las prestaciones de atención social primaria, previstas en la Ley 12/2022, de 21 de diciembre, de Servicios Sociales de la Comunidad de Madrid.

La presente orden se dicta en virtud de la “Memoria justificativa de la necesidad de
aprobar la orden por la que se delegan en los órganos correspondientes de las entidades locales las facultades de instrucción y resolución de los procedimientos sancionadores por
infracciones cometidas por los usuarios de centros y servicios y beneficiarios de las prestaciones de atención social primaria, previstas en la Ley 12/2022, de 21 de diciembre, de
Servicios Sociales de la Comunidad de Madrid”, del Director General de Servicios Sociales e Integración de 20 de mayo de 2024.
La Constitución Española, en su artículo 9.2, obliga a los poderes públicos a promover las condiciones para que la libertad y la igualdad del individuo y los grupos en que se
integra sean reales y efectivas, removiendo los obstáculos que impidan o dificulten su plenitud y faciliten la participación de todos los ciudadanos en la vida política, económica,
cultural y social. A continuación, el artículo 10 cita la dignidad de la persona, los derechos
inviolables que le son inherentes, el libre desarrollo de la personalidad, el respeto a la ley
y a los derechos de los demás, como fundamento del orden político y la paz social.
El artículo 25.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen
Local, señala como competencia del municipio, en los términos de la legislación del Estado
y de las Comunidades Autónomas, la evaluación e información de situaciones de necesidad
social y la atención inmediata a personas en situación o riesgo de exclusión social y el artículo 7.3 dispone que el Estado y las Comunidades Autónomas, en el ejercicio de sus respectivas competencias, podrán delegar en las Entidades Locales el ejercicio de sus competencias.
Por su parte, la Ley 12/2022, de 21 de diciembre, de Servicios Sociales de la Comunidad
de Madrid, establece en su artículo 11.1.c) que los municipios de la Comunidad de Madrid,
por sí solos o integrados en mancomunidades, ejercerán, en el marco de la legislación reguladora del Régimen Local, del Plan Director de Servicios Sociales de la Comunidad de Madrid
y de acuerdo con la planificación territorial establecida en el Mapa de Servicios Sociales, la
competencia en el establecimiento, mantenimiento y gestión de centros y servicios de atención social primaria, incluida su dotación de personal suficiente y adecuado para asegurar la
prestación de servicios de calidad.
En esta misma Ley, se recogen a lo largo de su articulado, los deberes y derechos asociados a todas las personas que formen parte del Sistema Público de Servicios Sociales en
la Comunidad de Madrid, en calidad de profesionales y/o usuarios del mismo.
En este sentido, dispone en su artículo 6.b) que toda persona que acceda a los servicios
sociales tiene como deber respetar la dignidad y los derechos del resto de usuarios y profesionales de los centros y servicios, así como observar una conducta basada en el mutuo respeto, tolerancia y colaboración.
El artículo 30.1.c) establece como derecho de los profesionales recibir un trato respetuoso, no discriminatorio y correcto por parte de los responsables de los servicios, del resto
de los profesionales y de los usuarios; y el artículo 31 recoge como deber de los profesionales mantener, en sus relaciones con otros profesionales y usuarios, un comportamiento basado en el respeto mutuo y la no discriminación, observando, guardando y haciendo guardar
las normas de convivencia en los centros y servicios.
La referida Ley 12/2022, de 21 de diciembre, reserva el Título VIII para la regulación
del régimen sancionador, estableciendo, en el Capítulo I, además de las disposiciones generales, la tipificación, en secciones diferentes, de las infracciones cometidas en centros y

BOCM-20240614-20

20

Otra información oficial del Boletín Oficial Comunidad Madrid del día 14-06-2024

D) Anuncios - CONSEJERÍA DE SANIDAD - HOSPITAL UNIVERSITARIO “LA PAZ” (BOCM-20240614-28)

Formalización contrato – Resolución de 30 de mayo de 2024, de la Gerencia del Hospital Universitario “La Paz”, por la que se dispone la publicación, en los boletines oficiales y en el “perfil del contratante” en internet, de la formalización del contrato de “Suministro del material necesario para la realización...

Humanes de Madrid (BOCM-20240614-64)

Licencias. Licencias actividad

Hemos encontrado más información de empleo y ayudas relacionados pero están ocultos porque eres un usuario anónimo.

Para ver todo el contenido debes ser un usuario registrado. A continuación podrás iniciar sesión o crear una nueva cuenta.

Iniciar sesión
Crear cuenta (es gratis, rápido y sencillo)

Indica, solo si quieres, en una o dos palabras tu principal interés (p.ej., auxiliar administrativo o ayudas formación...etc.), muy pronto podremos enviarte un correo electrónico cada vez que aparezca ese contenido en los boletines.

Recogemos tus datos para gestionar el alta dentro del Servicio...y poco más. Por supuesto, puedes ejercer tus derechos de acceso, rectificación, supresión y oposición, entre otros, según indica nuestra Política de Privacidad.
* campo obligatorio Prefiero iniciar sesión
Majadahonda (BOCM-20240614-66)

Organización y funcionamiento. Nombramiento personal eventual

Navacerrada (BOCM-20240614-71)

Régimen económico. Padrones fiscales

Mancomunidad del Sur (BOCM-20240614-82)

Organización y funcionamiento. Delegación funciones

¿No has encontrado lo que buscas?
Reta a nuestro buscador a encontrarlo...¡dale caña!
Comenzar a buscar
Si crees que podemos ser de utilidad, comparte Oficius con tus contactos.