Información oficial del Boletín Oficial Comunidad Madrid en el día 18-06-2024
Torres de la Alameda (BOCM-20240618-76)
Organización y funcionamiento. Reglamento uso auditorio
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Organización y funcionamiento. Reglamento uso auditorioPág. 258
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 18 DE JUNIO DE 2024
B.O.C.M. Núm. 144
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
76
TORRES DE LA ALAMEDA
ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO
Al no haberse presentado reclamaciones durante el plazo de exposición al público,
queda automáticamente elevado a definitivo el acuerdo plenario inicial de 11 de abril de 2024
aprobatorio del Reglamento de Uso del Auditorio Municipal “Las Amapolas”, cuyo texto
íntegro se hace público, para su general conocimiento y en cumplimiento de lo previsto en
el artículo 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, de Bases del Régimen Local.
«REGLAMENTO DE USO DEL AUDITORIO MUNICIPAL
“LAS AMAPOLAS”
Objeto
Artículo 1. El presente Reglamento tiene por objeto establecer las normas de funcionamiento, uso y organización del Auditorio Municipal “Las Amapolas”.
Art. 2. Las solicitudes de uso y utilización se presentarán en el Registro General del
Ayuntamiento de Torres de la Alameda, con una antelación mínima de treinta días al de la
celebración de la actividad, previa consulta de la disponibilidad de fechas a la Concejalía
de Cultura.
Art. 3. Las solicitudes deberán presentarse mediante instancia general que se encuentra disponible en la sede electrónica del Ayuntamiento. En dicho documento se deberá hacer constar los siguientes extremos:
— Nombre y apellidos del interesado y, en su caso, de la persona que lo represente,
así como documentos identificativos, teléfono y dirección de notificaciones.
— Uso concreto que se pretende dar a la dependencia solicitada, debiéndose exponer
con toda claridad (reunión, espectáculo, actividad sociocultural o educativa).
— Programa y duración de las actividades a realizar, así como horario de apertura al
público. En este punto se especificara horarios de montaje y horarios del espectáculo.
— Fecha de utilización, así como necesidades de montaje y desmontaje, en su caso.
— Firma del solicitante o acreditación de la autenticidad de su voluntad expresada
por cualquier medio.
— Lugar y fecha de la solicitud.
— Deberá adjuntar un plano de luces con las necesidades técnicas.
— Deberá especificarse si la actividad conlleva la venta de entrada y el precio de las
mismas.
Art. 4. Subsanación y mejora de la solicitud.—Si la solicitud no reuniese los requisitos señalados en el artículo anterior, se requerirá al interesado para que, en el plazo de diez
días, subsane la falta o acompañe los documentos preceptivos, con indicación de que, si así
no lo hiciera, se le tendrá por desistida su petición.
Art. 5. El Ayuntamiento de Torres de la Alameda otorgará la autorización, teniendo
en cuenta los siguientes criterios:
— Que la actividad solicitada se incardine dentro de la programación cultural del
Ayuntamiento.
— Disponibilidad de fecha y existencia o no de otros actos programados por el Ayuntamiento para la misma fecha.
— Fecha de entrada en el registro del órgano competente de la solicitud de cesión.
— Actos culturales, sociales, educativas, comerciales y de interés general para el municipio.
— Criterios artísticos y de calidad.
— Congresos y convenciones.
BOCM-20240618-76
Solicitudes
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