Información oficial del Boletín Oficial Comunidad Madrid en el día 20-06-2024
D) Anuncios - CONSEJERÍA DE VIVIENDA, TRANSPORTES E INFRAESTRUCTURAS (BOCM-20240620-29)
Expropiación – Orden de 22 de mayo de 2024, del Consejero de Vivienda, Transportes e Infraestructuras, por la que se hace público el levantamiento de actas previas a la ocupación y/o actas de ocupación temporal de los bienes y derechos afectados con motivo de la ejecución del “Proyecto de acondicionamiento de parada de autobús en el P. K. 7+600 de la carretera M-302”, en el término municipal de Morata de Tajuña
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Expropiación – Orden de 22 de mayo de 2024, del Consejero de Vivienda, Transportes e Infraestructuras, por la que se hace público el levantamiento de actas previas a la ocupación y/o actas de ocupación temporal de los bienes y derechos afectados con motivo de la ejecución del “Proyecto de acondicionamiento de parada de autobús en el P. K. 7+600 de la carretera M-302”, en el término municipal de Morata de TajuñaB.O.C.M. Núm. 146
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 20 DE JUNIO DE 2024
Pág. 93
I. COMUNIDAD DE MADRID
D) Anuncios
Consejería de Vivienda,Transportes e Infraestructuras
ORDEN de 22 de mayo de 2024, del Consejero de Vivienda, Transportes e
Infraestructuras, por la que se hace público el levantamiento de actas previas a
la ocupación y/o actas de ocupación temporal de los bienes y derechos afectados con motivo de la ejecución del “Proyecto de acondicionamiento de parada
de autobús en el P. K. 7+600 de la carretera M-302”, en el término municipal de
Morata de Tajuña.
I. Con fecha 9 de mayo de 2024, la Consejería de Vivienda, Transportes e Infraestructuras aprobó el “Proyecto de acondicionamiento de parada de autobús en el
P. K. 7+600 de la carretera M-302. Clave: SIN-42”. De conformidad con lo dispuesto en
el artículo 18 de la Ley 3/1991, de 7 de marzo, de Carreteras de la Comunidad de Madrid,
modificada por la Ley 5/2004, de 28 de diciembre, de Medidas Fiscales y Administrativas,
la aprobación de los proyectos de carreteras u otras infraestructuras viarias, implica la declaración de utilidad pública y la necesidad de urgente ocupación de los bienes y adquisición de derechos correspondientes a los fines de expropiación, de ocupación temporal o de
imposición y modificación de servidumbres.
II. Por Orden del Consejero de Vivienda, Transportes e Infraestructuras de fecha 15
de febrero de 2024, se resolvió el sometimiento a Información Pública de la relación de bienes y derechos afectados por el citado proyecto, conforme se establece en el artículo 18 de
la Ley de Expropiación Forzosa de 16 de diciembre de 1954.
Las publicaciones se efectuaron en el diario “El Mundo”, de fecha 19 de marzo de 2024
y en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 5 de abril de 2024, e igualmente ha estado expuesta en el Tablón de Anuncios del Ayuntamiento de Morata de Tajuña y en
el Portal de Transparencia de la Comunidad de Madrid.
Durante el citado trámite de información pública no se han presentado alegaciones.
Mediante Orden de 6 de mayo de 2024 del Consejero de Vivienda, Transportes e Infraestructuras se concluye el trámite de información pública, aprobándose la relación de los
bienes y derechos afectados por el “Proyecto de acondicionamiento de parada de autobús
en el P. K. 7+600 de la carretera M-302”.
III. En aplicación de los artículos 52 y 108 y siguientes de la Ley de Expropiación Forzosa de 16 de diciembre de 1954, que determinan la necesidad de ocupación, se procede a la
convocatoria de los propietarios y demás titulares de los bienes y derechos afectados, para que
en el día y hora citados en el Anexo Único comparezcan en el Ayuntamiento de Morata de Tajuña, al objeto del levantamiento de las actas previas a la ocupación y/o actas de ocupación temporal, con traslado, en su caso, a las fincas afectadas para la toma de datos si fuera necesario.
Las operaciones podrán continuarse en días y horarios posteriores si fuera preciso, bastando a tal efecto el anuncio verbal en la jornada que se trate y con ocasión del levantamiento de la última acta que se extienda, haciéndose saber públicamente a los asistentes.
A dicho acto deberán asistir los afectados personalmente o bien representados por persona debidamente acreditada por cualquier medio válido en Derecho, aportando los documentos acreditativos de su titularidad en los términos previstos en el artículo 3 de la Ley de
Expropiación Forzosa, pudiendo hacerse acompañar, a su costa y si lo estiman oportuno, de
perito y notario.
IV. La presente Orden se notificará personalmente al Sr. Alcalde-Presidente del
Ayuntamiento de Morata de Tajuña y a los interesados y se publicará en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, en el Tablón de Edictos del citado Ayuntamiento y
en el Portal de Transparencia de la Comunidad de Madrid. Dicha publicación servirá de notificación para los interesados desconocidos, de los que se ignore el lugar de la notificación
o el medio que permita tener constancia de su recepción, o bien, intentada la notificación,
no se hubiese podido practicar, de acuerdo con el artículo 44 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Previamente a dicha publicación se procederá a la inserción, en dos diarios de gran
circulación de esta capital, de anuncio relativo a la convocatoria del levantamiento de actas
BOCM-20240620-29
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