Información oficial del Boletín Oficial Comunidad Madrid en el día 09-07-2024
D) Anuncios - CONSEJERÍA DE SANIDAD (BOCM-20240709-24)
Convenio – Adenda de 25 de junio de 2024, de prórroga del convenio de colaboración entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Sanidad, el Servicio Madrileño de Salud y la Asociación en Defensa de la Atención a la Anorexia Nerviosa y Bulimia (ADANER), para la realización de actividades de voluntariado
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Convenio – Adenda de 25 de junio de 2024, de prórroga del convenio de colaboración entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Sanidad, el Servicio Madrileño de Salud y la Asociación en Defensa de la Atención a la Anorexia Nerviosa y Bulimia (ADANER), para la realización de actividades de voluntariadoPág. 102
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 9 DE JULIO DE 2024
B.O.C.M. Núm. 162
I. COMUNIDAD DE MADRID
D) Anuncios
Consejería de Sanidad
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ADENDA de 25 de junio de 2024, de prórroga del convenio de colaboración entre
la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Sanidad, el Servicio Madrileño de Salud y la Asociación en Defensa de la Atención a la Anorexia Nerviosa y
Bulimia (ADANER), para la realización de actividades de voluntariado.
Madrid, a 25 de junio de 2024.
REUNIDOS
De una parte, Dña. Fátima Matute Teresa, Consejera de Sanidad de la Comunidad
de Madrid, nombrada mediante Decreto 44/2023, de 23 de junio, de la Presidenta de la
Comunidad de Madrid, en virtud de las atribuciones que le confiere el artículo 41.a) de
la Ley 1/1983, de 13 de diciembre, de Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid,
y el artículo 4.3.a) de la Ley 8/1999, de 9 de abril, de Adecuación de la Normativa de la Comunidad de Madrid a la Ley Estatal 4/1999, de 13 de enero, de modificación de la Ley 30/1992,
de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
De otra parte, Dña. Laura Gutiérrez Barreno, Viceconsejera de Sanidad, nombrada
mediante Decreto 257/2023, de 22 de noviembre, del Consejo de Gobierno, y Directora General del Servicio Madrileño de Salud, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 3.g) del Decreto 245/2023, de 4 de octubre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Sanidad, en nombre y representación del Servicio
Madrileño de Salud, en virtud del artículo 23.2.a) del Decreto 24/2008, de 3 de abril, por el
que se establece el régimen jurídico y de funcionamiento del Servicio Madrileño de Salud,
y del Acuerdo del Consejo de Administración del Servicio Madrileño de Salud, de 9 de
mayo de 2008, ratificado en su reunión de 17 de junio de 2020, por el que se delegan determinadas competencias en materia de convenios.
Y de otra, Dña. Josefa Aymat Molina, actuando en nombre y representación de la Asociación en Defensa de la Atención a la Anorexia Nerviosa y la Bulimia (ADANER), en calidad de presidenta de la misma, según el artículo 18 de sus estatutos, con domicilio social
en la calle Aviador Zorita, número 50 y CIF G-80214034.
Las partes, que intervienen en nombre y representación de las instituciones señaladas,
reconociéndose capacidad jurídica suficiente para suscribir la presente adenda de convenio,
MANIFIESTAN
Que a la titular de la Consejería de Sanidad le corresponde, en virtud de lo dispuesto
en el artículo 1 del Decreto 245 /2023, de 4 de octubre, del Consejo de Gobierno, por el que
se establece la estructura orgánica de la Consejería de Sanidad, la propuesta, el desarrollo,
la coordinación y el control de la ejecución de las políticas del gobierno de la Comunidad
de Madrid en las siguientes materias: planificación, gestión y asistencia sanitaria, atención
farmacéutica, infraestructuras y equipamientos sanitarios, aseguramiento sanitario, docencia y formación sanitaria, investigación e innovación sanitaria, humanización sanitaria,
coordinación socio-sanitaria, salud pública y seguridad alimentaria, salud mental y trastornos adictivos, inspección y ordenación sanitaria y farmacéutica, sin perjuicio de las competencias atribuidas a otros órganos de la Comunidad de Madrid.
Asimismo, le corresponden las atribuciones que, como jefe de su departamento, se recogen en el artículo 41 de la Ley 1/1983, de 13 de diciembre, del Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid, las establecidas en la Ley 12/2001, de 21 de diciembre,
de Ordenación Sanitaria de la Comunidad de Madrid y las que le otorguen las demás disposiciones en vigor.
BOCM-20240709-24
Primero
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