Información oficial del Boletín Oficial Comunidad Madrid en el día 09-07-2024

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Boletín Oficial Comunidad Madrid
09/07/2024

D) Anuncios - CONSEJERÍA DE SANIDAD (BOCM-20240709-24)

Convenio – Adenda de 25 de junio de 2024, de prórroga del convenio de colaboración entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Sanidad, el Servicio Madrileño de Salud y la Asociación en Defensa de la Atención a la Anorexia Nerviosa y Bulimia (ADANER), para la realización de actividades de voluntariado

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Convenio – Adenda de 25 de junio de 2024, de prórroga del convenio de colaboración entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Sanidad, el Servicio Madrileño de Salud y la Asociación en Defensa de la Atención a la Anorexia Nerviosa y Bulimia (ADANER), para la realización de actividades de voluntariado
Página 1 del anuncio BOCM
Pág. 102

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 9 DE JULIO DE 2024

B.O.C.M. Núm. 162

I. COMUNIDAD DE MADRID

D) Anuncios
Consejería de Sanidad
24

ADENDA de 25 de junio de 2024, de prórroga del convenio de colaboración entre
la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Sanidad, el Servicio Madrileño de Salud y la Asociación en Defensa de la Atención a la Anorexia Nerviosa y
Bulimia (ADANER), para la realización de actividades de voluntariado.
Madrid, a 25 de junio de 2024.
REUNIDOS

De una parte, Dña. Fátima Matute Teresa, Consejera de Sanidad de la Comunidad
de Madrid, nombrada mediante Decreto 44/2023, de 23 de junio, de la Presidenta de la
Comunidad de Madrid, en virtud de las atribuciones que le confiere el artículo 41.a) de
la Ley 1/1983, de 13 de diciembre, de Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid,
y el artículo 4.3.a) de la Ley 8/1999, de 9 de abril, de Adecuación de la Normativa de la Comunidad de Madrid a la Ley Estatal 4/1999, de 13 de enero, de modificación de la Ley 30/1992,
de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
De otra parte, Dña. Laura Gutiérrez Barreno, Viceconsejera de Sanidad, nombrada
mediante Decreto 257/2023, de 22 de noviembre, del Consejo de Gobierno, y Directora General del Servicio Madrileño de Salud, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 3.g) del Decreto 245/2023, de 4 de octubre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Sanidad, en nombre y representación del Servicio
Madrileño de Salud, en virtud del artículo 23.2.a) del Decreto 24/2008, de 3 de abril, por el
que se establece el régimen jurídico y de funcionamiento del Servicio Madrileño de Salud,
y del Acuerdo del Consejo de Administración del Servicio Madrileño de Salud, de 9 de
mayo de 2008, ratificado en su reunión de 17 de junio de 2020, por el que se delegan determinadas competencias en materia de convenios.
Y de otra, Dña. Josefa Aymat Molina, actuando en nombre y representación de la Asociación en Defensa de la Atención a la Anorexia Nerviosa y la Bulimia (ADANER), en calidad de presidenta de la misma, según el artículo 18 de sus estatutos, con domicilio social
en la calle Aviador Zorita, número 50 y CIF G-80214034.
Las partes, que intervienen en nombre y representación de las instituciones señaladas,
reconociéndose capacidad jurídica suficiente para suscribir la presente adenda de convenio,
MANIFIESTAN

Que a la titular de la Consejería de Sanidad le corresponde, en virtud de lo dispuesto
en el artículo 1 del Decreto 245 /2023, de 4 de octubre, del Consejo de Gobierno, por el que
se establece la estructura orgánica de la Consejería de Sanidad, la propuesta, el desarrollo,
la coordinación y el control de la ejecución de las políticas del gobierno de la Comunidad
de Madrid en las siguientes materias: planificación, gestión y asistencia sanitaria, atención
farmacéutica, infraestructuras y equipamientos sanitarios, aseguramiento sanitario, docencia y formación sanitaria, investigación e innovación sanitaria, humanización sanitaria,
coordinación socio-sanitaria, salud pública y seguridad alimentaria, salud mental y trastornos adictivos, inspección y ordenación sanitaria y farmacéutica, sin perjuicio de las competencias atribuidas a otros órganos de la Comunidad de Madrid.
Asimismo, le corresponden las atribuciones que, como jefe de su departamento, se recogen en el artículo 41 de la Ley 1/1983, de 13 de diciembre, del Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid, las establecidas en la Ley 12/2001, de 21 de diciembre,
de Ordenación Sanitaria de la Comunidad de Madrid y las que le otorguen las demás disposiciones en vigor.

BOCM-20240709-24

Primero

Otra información oficial del Boletín Oficial Comunidad Madrid del día 09-07-2024

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