Información oficial del Boletín Oficial Comunidad Madrid en el día 10-07-2024
Madrid (BOCM-20240710-56)
Organización y funcionamiento. Área de Gobierno de Vicealcaldía, Portavoz, Seguridad y Emergencias. Delegación funciones
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Organización y funcionamiento. Área de Gobierno de Vicealcaldía, Portavoz, Seguridad y Emergencias. Delegación funcionesB.O.C.M. Núm. 163
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 10 DE JULIO DE 2024
Pág. 163
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
56
MADRID
ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO
Acuerdo de 27 de junio de 2024, de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, por
el que se avocan las competencias, para la redacción del proyecto y posterior ejecución de
las obras de mejora de la accesibilidad peatonal en espacios públicos del distrito de Chamartín y se delegan en la concejal-presidente del distrito de Chamartín:
El distrito de Chamartín tiene proyectado para el año 2024 la redacción del proyecto
técnico y la posterior ejecución de las “Obras de mejora de la accesibilidad peatonal en espacios públicos del distrito de Chamartín”.
Las actuaciones que se van a proyectar y a ejecutar tienen como objeto la realización
de obras para la mejora de la accesibilidad en varias ubicaciones del distrito de Chamartín,
cuyo fin principal es mejorar la accesibilidad, eliminar barreras arquitectónicas y aumentar
la seguridad de todos los usuarios.
Concretamente, afecta a los siguientes emplazamientos: calle Hermenegilda Martínez
(fondo de saco entre la calle Gabriel Lobo y la entrada a los Jardines de la Cruz del Rayo);
calle Felipe Campos, esquina con calle de San Torcaz; calle Vinaroz, número 2; calle Narcisos, número 14; calle Sánchez Balderas, número 1; e intersecciones de las calles Infanta
María Teresa con Trueba y Fernández y con Fuente del Saz y de Trueba y Fernández con
Ramón de Santillán.
Conforme a lo dispuesto en el apartado 8.o 1.4 del acuerdo de 29 de junio de 2023, de
la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, de organización y competencias del Área de
Gobierno de Obras y Equipamientos, la Dirección General de Conservación de Vías Públicas es competente para redactar, planificar y ejecutar los proyectos de adecuación y reforma de las vías públicas y obras de paso, así como para ejecutar obras de remodelación y urbanización de vías y espacios públicos, en coordinación con los distritos.
Por su parte, conforme al apartado 15.o 1.2 a), b), c) y g) del acuerdo de 29 de junio de 2023,
de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, de organización y competencias del Área de
Gobierno de Urbanismo, Medio Ambiente y Movilidad, la Dirección General de Planificación
e Infraestructuras de Movilidad es competente, respectivamente, para: realizar estudios y análisis de equilibrios entre el tráfico rodado y el peatonal, así como ordenar el uso y utilización de
las vías públicas para la mayor compatibilidad de vehículos y peatones; planificar las infraestructuras vinculadas a la movilidad urbana, determinando los principales requerimientos tales como ubicación, tipología y dimensión; definir los aspectos relacionados con la movilidad
en los proyectos de remodelación de vías y espacios públicos respetando los criterios que se establezcan en el Plan Integral que en materia de sostenibilidad elabore el Área de Gobierno de
Urbanismo, Medio Ambiente y Movilidad; y para definir los aspectos relacionados con la movilidad en los proyectos de remodelación de vías y espacios públicos de acuerdo con los planes
y programas de sostenibilidad impulsados por el área.
Junto a ello, y de conformidad con el apartado 17.o 1.3 a) y e) del mismo acuerdo, la
Dirección General de Sostenibilidad y Control Ambiental es competente para, por un lado,
gestionar y controlar el servicio de estacionamiento regulado en las vías públicas de la Ciudad de Madrid, así como fijar y acordar, en coordinación con los distritos, la proporción de
plazas de estacionamiento regulado por tipologías (azules, verdes, de uso disuasorio, uso
por motivos sociosanitarios y otros de naturaleza análoga), asegurando el adecuado cumplimiento de la Ordenanza de Movilidad Sostenible, de 5 de octubre de 2018; y, por otro
lado, para gestionar el suministro y conservación de todas las instalaciones de señalización
fija y especial, vertical y horizontal, vehicular y peatonal, así como de todas las instalaciones de placas identificativas de calles y medidas de calmado de tráfico que no suponga modificación de infraestructura viaria.
Asimismo, de conformidad con el apartado 19.o 1.2 c) y 1.4 a) del mismo acuerdo, la
Dirección General de Gestión del Agua y Zonas Verdes es competente para evaluar la co-
BOCM-20240710-56
Área de Gobierno de Vicealcaldía, Portavoz, Seguridad y Emergencias
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