Información oficial del Boletín Oficial Comunidad Madrid en el día 09-08-2024
La Serna del Monte (BOCM-20240809-89)
Organización y funcionamiento. Delegación funciones
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Organización y funcionamiento. Delegación funcionesPág. 308
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 9 DE AGOSTO DE 2024
B.O.C.M. Núm. 189
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
89
LA SERNA DEL MONTE
ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO
BOCM-20240809-89
En cumplimiento de lo establecido en el artículo 51 del Reglamento de Organización,
Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, aprobado por Real Decreto 2568/1985, se hace público el acuerdo del Pleno del Ayuntamiento de La Serna del
Monte, de delegación de competencias, adoptado en sesión ordinaria celebrada el día 26
de junio de 2024, en los siguientes términos:
Visto que existe la posibilidad de delegación de competencias de determinadas materias del Pleno en el alcalde, conforme al artículo 22.4 de la Ley 7/1985, de 2 de abril,
Reguladora de las Bases de Régimen Local.
Entendida la necesidad de eficacia y mayor celeridad en la aprobación de proyectos
para completar en plazo los expedientes de solicitud de subvenciones, el Pleno acuerda
delegar en la Alcaldía el ejercicio de las competencias siguientes, cuando por razón del
importe y a tenor de lo establecido en la disposición transitoria segunda de la Ley 9/2017,
de Contratos del Sector Público, le correspondan al Pleno:
— Aprobación de proyectos de obras y servicios,
— Aprobación de los expedientes de contratación, incluidos Pliegos de Condiciones
Administrativas y de Prescripciones Técnicas Particulares, la clasificación de las
proposiciones presentadas (en defecto de mesa de contratación).
— La adjudicación de los contratos administrativos y patrimoniales que tenga que
realizar este Ayuntamiento.
El presente acuerdo surtirá efectos desde el día siguiente al de su adopción, sin perjuicio
de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
Contra el presente acuerdo, que pone fin a la vía administrativa, puede interponer alternativamente recurso de reposición potestativo ante el alcalde de este Ayuntamiento, en
el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la publicación del presente anuncio,
de conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas; o bien interponer directamente recurso contencioso-administrativo, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo
de Madrid, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de la publicación del
presente anuncio, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de
la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Si se optara por interponer el recurso de reposición potestativo no podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquel
sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación por silencio. Todo ello sin
perjuicio de que pueda interponer Vd. cualquier otro recurso que pudiera estimar más conveniente a su derecho.
La Serna del Monte, a 30 de julio de 2024.—La alcaldesa-presidenta, Mónica Gutiérrez
Gómez.
(03/12.705/24)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
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