Información oficial del Boletín Oficial Comunidad Madrid en el día 09-08-2024
Madrid (BOCM-20240809-69)
Urbanismo. Área de Gobierno de Urbanismo, Medio Ambiente y Movilidad. Estudio detalle
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Urbanismo. Área de Gobierno de Urbanismo, Medio Ambiente y Movilidad. Estudio detallePág. 266
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 9 DE AGOSTO DE 2024
B.O.C.M. Núm. 189
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
69
MADRID
URBANISMO
Área de Gobierno de Urbanismo, Medio Ambiente y Movilidad
BOCM-20240809-69
Aprobación inicial del Estudio de Detalle en la calle Navalmanzano, número 11, promovido por Inversiones Arguelles, S. L., Distrito de Moncloa-Aravaca de Madrid.
La Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, en su sesión celebrada el 24 de julio
de 2024, expediente 135-2024-00233, adoptó el siguiente Acuerdo:
Primero.—Admitir a trámite y aprobar inicialmente el Estudio de Detalle para la parcela situada en la calle de Navalmanzano, número 11, Distrito de Moncloa-Aravaca, promovido por Inversiones Argüelles, S. L., de conformidad con lo establecido en el artículo 60, en relación con los artículos 59.4 y 57, de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de
la Comunidad de Madrid.
Segundo.—Someter la documentación del Estudio de Detalle al trámite de información pública por el plazo de veinte días hábiles, mediante la inserción de anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y en un periódico de los de mayor difusión,
para que puedan presentarse en el referido plazo las alegaciones que se estimen oportunas
y solicitar los informes de los órganos y entidades públicas previstos legalmente como preceptivos, de conformidad con lo previsto en el artículo 60 y por remisión, con lo previsto
en los artículos 59.4, 59.2.b) y 57.b), de la Ley 9/2001, de 17 de julio.
Tercero.—Notificar individualmente el presente acuerdo a todas las personas propietarias afectadas, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.4 b) 1.o de la citada
Ley 9/2001, de 17 de julio.
Cuarto.—Suspender en el ámbito del Estudio de Detalle, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 70.4 de la citada Ley 9/2001, de 17 de julio, y 120 del Reglamento
de Planeamiento, aprobado por Real Decreto 2159/1978, de 23 de junio, la tramitación de
licencias y los efectos de las declaraciones responsables presentadas con posterioridad a la
publicación del presente acuerdo, que pudieran resultar afectadas por sus determinaciones,
con excepción del título habilitante de la primera ocupación y funcionamiento.
Lo que se publica para general conocimiento y con el fin de que cuantas personas se
consideren interesadas puedan examinar el expediente, en los Servicios de Información Urbanística del Área de Gobierno Urbanismo, Medio Ambiente y Movilidad, calle de Ribera
del Sena, número 21, en las mañanas de los días hábiles, en el plazo señalado, así como en
los canales de información urbanística de la página web del Ayuntamiento de Madrid
( madrid.es ), en los apartados de Gobierno (información pública y otros acuerdos) o dentro de Vivienda y Urbanismo (Visor Urbanístico), durante el plazo señalado, computable
desde el día siguiente a la publicación de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, y formular por escrito cuantas alegaciones estimen conveniente a
su derecho.
Madrid, a 26 de julio de 2024.—La directora de la Oficina de la Secretaría de la Junta
de Gobierno, Carmen Toscano Ramiro.
(02/12.471/24)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
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