Información oficial del Boletín Oficial Comunidad Madrid en el día 27-12-2024

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Boletín Oficial Comunidad Madrid
27/12/2024

Madrid (BOCM-20241227-59)

Régimen económico. Pleno del Ayuntamiento. Ordenanza fiscal tasa servicios urbanísticos

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Contenido de la primera página

Régimen económico. Pleno del Ayuntamiento. Ordenanza fiscal tasa servicios urbanísticos
Página 1 del anuncio BOCM
Pág. 376

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 27 DE DICIEMBRE DE 2024

B.O.C.M. Núm. 308

III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
59

MADRID
RÉGIMEN ECONÓMICO

Pleno del Ayuntamiento
Acuerdo del Pleno, de 23 de diciembre de 2024, por el que se aprueba la Ordenanza 9/2024,
de 23 de diciembre, por la que se modifica la Ordenanza Fiscal reguladora de la Tasa por
Prestación de Servicios Urbanísticos.
El Pleno del Ayuntamiento en la sesión (13/2024), extraordinaria celebrada el día 23
de diciembre de 2024, adoptó el siguiente acuerdo:
“Primero.—Aprobar la Ordenanza por la que se modifica la Ordenanza Fiscal reguladora de la Tasa por Prestación de Servicios Urbanísticos, que figura como anexo.
Segundo.—Facultar a la Presidencia del Pleno, tan ampliamente como en derecho proceda, y siguiendo criterios de eficacia, eficiencia, economía procesal y seguridad jurídica,
para corregir de oficio los errores materiales o de hecho que pudieran detectarse, de lo que,
en su caso, se dará cuenta en la próxima sesión ordinaria del Pleno que se celebre”.
Lo que se hace público para general conocimiento, indicándose que contra el presente acuerdo, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse directamente recurso
contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de
la publicación de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, de
conformidad con lo dispuesto en los artículos 8.1, 10.1 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de
julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, todo ello sin perjuicio de
que los interesados puedan ejercitar, en su caso, cualquier otro recurso que estimen procedente en derecho (artículo 40.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas).
ANEXO
ORDENANZA 9/2024, DE 23 DE DICIEMBRE, POR LA QUE SE MODIFICA
LA ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LA TASA POR PRESTACIÓN
DE SERVICIOS URBANÍSTICOS

El artículo 15 del texto refundido de la Ley reguladora de las Haciendas Locales aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, establece que las corporaciones
locales “…deberán acordar la imposición y supresión de sus tributos propios, y aprobar las
correspondientes ordenanzas fiscales reguladoras de estos”, concretando el artículo 57 de la
misma norma legal que “Los ayuntamientos podrán establecer y exigir tasas por la prestación de servicios o la realización de actividades de su competencia y por la utilización privativa o el aprovechamiento especial de los bienes del dominio público municipal…”.
Por su parte, el artículo 15.2.1 de los Estatutos de la Agencia Tributaria Madrid, aprobados por Acuerdo plenario del Ayuntamiento de Madrid, de 22 de diciembre de 2008, establece en sus apartados b) y c) que corresponde a la directora del organismo autónomo en
el ámbito de la ordenación de los tributos “El estudio y análisis de la normativa estatal en
materia de tributos municipales y financiación local, así como la elaboración de propuestas
de modificación” y “La elaboración del Proyecto de Ordenanzas Fiscales y de Precios Públicos y de cualquier otra norma en materia tributaria, correspondiendo al titular del Área
competente en materia de Hacienda proponer a la Junta de Gobierno de la Ciudad de
Madrid su aprobación”.
La única modificación que se propone incorporar a la ordenanza fiscal tiene marcado
carácter técnico y persigue aclarar que los Estudios de Repercusión por Implantación de

BOCM-20241227-59

PREÁMBULO

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