Información oficial del Boletín Oficial Comunidad Madrid en el día 15-01-2025
Griñón (BOCM-20250115-42)
Organización y funcionamiento. Encomienda gestión
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Organización y funcionamiento. Encomienda gestiónPág. 198
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 15 DE ENERO DE 2025
B.O.C.M. Núm. 12
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
42
GRIÑÓN
ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO
De conformidad con el exigido en el artículo 11 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de
Régimen Jurídico del Sector Público, se procede a la publicación de Convenio de colaboración para encomienda de gestión formalizado en fecha 26 de noviembre de 2024 entre el
Ayuntamiento de Griñón y el Ayuntamiento de Las Rozas de Madrid, con el siguiente tenor literal:
“CONVENIO DE COLABORACIÓN PARA LA ENCOMIENDA DE GESTIÓN
AYUNTAMIENTO DE GRIÑÓN Y AYUNTAMIENTO DE LAS ROZAS
Comparecencia con firma electrónica a la fecha de la firma.
REUNIDOS
De una parte, el Ilmo. Sr. D. Amalio Rodríguez Martín, Concejal delegado de Hacienda,
Personal, Formación y Empleo de Griñón, en virtud de Decreto de Alcaldía n.o 2023-1337,
de 21 de junio, por el que se delegan determinadas competencias de la Alcaldía, en nombre y
representación del citado Ayuntamiento, en virtud de su cargo y de las facultades que le confiere la legislación vigente al respecto.
Y de otra, el Ilmo. Sr./Sra. D./D.a Enrique González Gutiérrez, Concejal delegado de Hacienda y Fiestas de Las Rozas de Madrid (Madrid), en virtud de Decreto de delegación de
competencias 4/2024, de 28 de enero, en nombre y representación del citado Ayuntamiento,
en virtud de su cargo y de las facultades que le confiere la legislación vigente al respecto.
Ambos intervienen en nombre y representación de las instituciones señaladas, reconociéndose mutuamente capacidad y legitimación para suscribir el presente convenio de colaboración y a tal efecto
MANIFIESTAN
CLÁUSULAS
Primera. Objeto
El Ayuntamiento de Griñón realiza al Ayuntamiento de Las Rozas (Madrid) una encomienda de gestión, a través de este convenio de colaboración que deberá ser aprobado por
los órganos competentes de ambas administraciones, y cuyos trabajos a realizar que consis-
BOCM-20250115-42
El artículo 11 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, dispone que la realización de actividades de carácter material o técnico de la competencia de los órganos administrativos o de las
Entidades de Derecho Público podrá ser encomendada a otros órganos o Entidades de Derecho Público de la misma o de distinta Administración, siempre que entre sus competencias estén esas actividades, por razones de eficacia o cuando no se posean los medios técnicos idóneos para su desempeño. Por medio del presente instrumento, se pretende encomendar al
Ayuntamiento de Las Rozas de Madrid la realización de las actividades necesarias para el
cumplimiento de los fines del encomendante.
Dado que es de interés del Ayuntamiento de Griñón, prestar coyunturalmente y hasta
la cobertura de plazas necesarias por personal propio el servicio de recaudación municipal
por medio del instrumento de la colaboración con otras Administraciones Públicas según
sus fines institucionales, servicio esencial de carácter obligatorio, se establece por el Ayuntamiento de Griñón encomendar al Ayuntamiento de Las Rozas de Madrid la realización de
la jefatura inmediata y tareas precisas de recaudación municipal sobre las siguientes las
base de las siguientes cláusulas.
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