Información oficial del Boletín Oficial Comunidad Madrid en el día 12-03-2025
Santa María de la Alameda (BOCM-20250312-62)
Organización y funcionamiento. Ordenanza reguladora recogida residuos
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Organización y funcionamiento. Ordenanza reguladora recogida residuosB.O.C.M. Núm. 60
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 12 DE MARZO DE 2025
Pág. 203
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
62
SANTA MARÍA DE LA ALAMEDA
ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO
El Pleno de la Corporación, en sesión celebrada el 25 de octubre de 2024, procedió a
la aprobación provisional del nuevo texto de la ordenanza reguladora del servicio de recogida de residuos, publicándose en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 278, de 21 de noviembre de 2024. Extendiéndose el plazo de reclamaciones previo a
la aprobación definitiva consta que se han cumplido todas las prescripciones legales sobre
exposición al público de dicho acuerdo durante treinta días. Habiéndose desestimado las
alegaciones presentadas y cumplidas las prescripciones legales, a tenor del artículo 17 del
Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido
de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, queda definitivamente aprobada. A continuación, se transcribe el texto íntegro de dicha ordenanza:
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
El nivel de calidad de vida en un municipio está íntimamente relacionado con los servicios que
gestionan los residuos generados por su actividad diaria.
La base legal de esta Ordenanza se encuentra en el artículo 45 de la Constitución Española, que
establece el derecho de todos a un medio ambiente adecuado para el desarrollo humano, así
como la obligación de cuidarlo. Las autoridades públicas tienen la responsabilidad de promover el
uso racional de los recursos naturales para proteger y mejorar la calidad de vida, así como
preservar y restaurar el medio ambiente, apoyándose en la solidaridad comunitaria.
La presente Ordenanza de Residuos se aprueba en cumplimiento de la Directiva (UE) 2018/851
del Parlamento Europeo y del Consejo, del 30 de mayo de 2018, que modifica la Directiva
2008/98/CE sobre los residuos. Esta normativa europea impone nuevas responsabilidades a los
Estados miembros en la gestión de residuos, buscando proteger el medio ambiente y la salud
humana a través de la prevención de la generación de residuos y el fomento de la reutilización,
reciclaje y otras formas de valorización.
La Ordenanza se adapta a los principios y objetivos de la Directiva (UE) 2018/851, ajustando las
obligaciones y medidas de dicha normativa al contexto local del municipio. Así, se pretende facilitar
la transición hacia una economía circular, gestionando los residuos de manera sostenible y
reduciendo su impacto en el entorno urbano y natural.
Además, la Ley 7/1985, de 2 de abril, que regula las bases del régimen local, asigna al municipio la
responsabilidad de gestionar los residuos sólidos urbanos en el ámbito del medio ambiente urbano;
y según el artículo 26.1.a) de esta ley, se deben garantizar los servicios de recogida de residuos.
Asimismo, la Ley 7/2022, de 8 de abril, sobre residuos y suelos contaminados para una economía
circular, señala en su artículo 12.5 las competencias de los Entes Locales en materia de residuos.
Esta regulación responde a la necesidad de establecer un sistema de gestión de residuos que
fomente su minimización, reutilización y reciclaje, apoyándose en una adecuada recogida selectiva
y separación en origen, con el objetivo de invertir la tendencia actual y asegurar una gestión
responsable de los residuos en todo el proceso, sin afectar la calidad de vida ni la salud humana,
ni comprometer el medio ambiente.
Todo esto justifica la adecuación de la norma a los principios de buena regulación establecidos en
el artículo 129.1 de la Ley 39/2015, del 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de
las Administraciones Públicas, cumpliendo así con la obligación de actuar conforme a los principios
de necesidad, eficacia, proporcionalidad, seguridad jurídica, transparencia y eficiencia.
BOCM-20250312-62
De acuerdo con los mencionados preceptos legales y siguiendo el procedimiento del artículo 49 de
la Ley de Bases del Régimen Local, se plantea esta Ordenanza.
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