Información oficial del Boletín Oficial Comunidad Madrid en el día 20-03-2025
D) Anuncios - CONSEJERÍA DE FAMILIA, JUVENTUD Y ASUNTOS SOCIALES (BOCM-20250320-44)
Convenio – Convenio de colaboración de 28 de febrero de 2025, entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales, y el Ayuntamiento de Cenicientos, para la expedición del “Carné Joven Comunidad de Madrid”
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Convenio – Convenio de colaboración de 28 de febrero de 2025, entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales, y el Ayuntamiento de Cenicientos, para la expedición del “Carné Joven Comunidad de Madrid”Pág. 172
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 20 DE MARZO DE 2025
B.O.C.M. Núm. 67
I. COMUNIDAD DE MADRID
D) Anuncios
Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales
44
CONVENIO de colaboración de 28 de febrero de 2025, entre la Comunidad de
Madrid, a través de la Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales, y el
Ayuntamiento de Cenicientos, para la expedición del “Carné Joven Comunidad
de Madrid”.
En Madrid, a 28 de febrero de 2025.
REUNIDOS
De una parte, D.a Laura Castilla Rodríguez, Directora General de Juventud de la Comunidad de Madrid, nombrada en virtud del Decreto 167/2023, de 5 de julio, del Consejo
de Gobierno, en relación con el Decreto 76/2023, de 5 de julio, del Consejo de Gobierno,
por el que se establece la estructura orgánica básica de las Consejerías de la Comunidad de
Madrid, y en relación con el Decreto 38/2023, de 23 de junio, de la Presidenta de la Comunidad de Madrid, por el que se establece el número y denominación de las Consejerías de
la Comunidad de Madrid.
De otra, D. Jerónimo López González, Alcalde del Ayuntamiento de Cenicientos en virtud
de su nombramiento realizado por Acuerdo del Pleno celebrado el día 17 de junio de 2023.
INTERVIENEN
La primera, en representación de la Comunidad de Madrid en virtud de la delegación de
competencias establecida en el dispongo quinto apartado a) de la Orden 3147/2023, de 5 de diciembre, de la Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales, por la que delega el ejercicio de competencias en diferentes órganos de la Consejería y se desconcentran las competencias en materia de Protectorado de Fundaciones. Todo ello de conformidad con el artículo 9 de
la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
El segundo, en nombre y representación del Ayuntamiento de Cenicientos de conformidad con el apartado b) del punto 1 del artículo 21 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local.
La Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales, a través de la Dirección General de Juventud, en ejercicio de sus competencias de coordinación de la política regional
con las administraciones locales en materia de juventud viene desarrollando una tarea de
motivación e impulso de políticas integrales hacia los jóvenes madrileños.
Con este fin se viene desarrollando el Programa “Carné Joven Comunidad de Madrid”, cuyo
objetivo es, de acuerdo con lo establecido en el artículo 20 de las Ley 8/2002, de 27 de noviembre, de Juventud de la Comunidad de Madrid, poner a disposición de los jóvenes de 14 a 30 años,
mediante el Carné Joven Comunidad de Madrid, el acceso a servicios de carácter cultural,
deportivo, turístico, recreativo, formativo, asistencial, tecnológico y social, con importantes descuentos y posibles ventajas financieras reservadas a sus usuarios.
En virtud de la citada Ley, la Comunidad de Madrid cooperará con cuantas Instituciones Públicas sean competentes en materia de juventud, con el fin de unir esfuerzos en la
consecución de objetivos comunes.
El Ayuntamiento de Cenicientos teniendo presente los apartados l) y m) del artículo 25 de
la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, impulsa la realización de actuaciones capaces de analizar las diferentes realidades juveniles y de aportar
soluciones a corto, medio y largo plazo a los nuevos retos y necesidades que plantea este
colectivo que cuenta con un especial interés dentro del municipio.
BOCM-20250320-44
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