Información oficial del Boletín Oficial Comunidad Madrid en el día 11-07-2025
Valdemoro (BOCM-20250711-70)
Régimen económico. Padrón fiscal
Buscador de información oficial
¿No encuentras lo que buscas? No desesperes y deja de perder más el tiempo.
Reta a nuestro buscador a encontrarlo...¡dale caña!
Comenzar a buscarHemos integrado ChatGPT y Oficius
Prueba a buscar información oficial con inteligencia artificial.
Buscar con inteligencia artificialContenido de la primera página
Régimen económico. Padrón fiscalB.O.C.M. Núm. 164
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 11 DE JULIO DE 2025
Pág. 193
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
70
VALDEMORO
RÉGIMEN ECONÓMICO
BOCM-20250711-70
En cumplimiento de lo establecido en el artículo 25 de la ordenanza general de gestión, inspección y recaudación de los tributos y otros ingresos de derecho público del Ayuntamiento de Valdemoro, ha sido elaborado por el Servicio de Gestión Tributaria y se ha procedido aprobar por decreto del Sr. concejal delegado de Economía y Hacienda de este
Ayuntamiento, el padrón anual del impuesto sobre actividades económicas, correspondiente al presente ejercicio tributario 2025.
En cumplimiento de lo establecido en el artículo 27, del texto normativo antes referido, durante los quince días naturales siguientes a la publicación de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, dicho padrón anual municipal, se hallará
expuesto al público en el Servicio de Gestión Tributaria de la Tesorería General ubicada en
el edificio del Área Económica sito en calle Guardia Civil, número 25, local 7, a los efectos de que cualquier persona interesada pueda examinarlos y presentar las reclamaciones o
alegaciones que estime pertinentes.
Asimismo, de acuerdo con lo establecido en los artículos 26.1 de la citada ordenanza
general, 62.3 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria y 24 del Real Decreto 939/2005, de 29 de julio, por el que se aprueba el Reglamento General de Recaudación, el pago en período voluntario de los recibos de dicho padrón anual deberá realizarse
desde el 20 de septiembre hasta el 20 de noviembre del 2025, ambos inclusive.
Los ingresos, salvo en el caso de aquellos que se encuentren domiciliados, se realizarán a través de cualquier entidad bancaria, salvo las excepciones mencionadas en los recibos del impuesto, los cuales se remitirán por correo ordinario antes del inicio del período
de cobranza así como a través de la pasarela de pago habilitada en la página web
http://www.valdemoro.es/pasarela-de-pago. La no recepción del recibo, por causas no
imputables a esta administración, no eximirá del pago del mismo.
Transcurrido el plazo de ingreso antes mencionado, las deudas serán exigidas por el
procedimiento de apremio y se devengarán los correspondientes recargos del período ejecutivo, los intereses de demora y, en su caso, las costas a que se produzcan.
En Valdemoro, a 30 de junio del 2025.—El alcalde-presidente, David Conde Rodríguez.
(01/10.880/25)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
Otra información oficial del Boletín Oficial Comunidad Madrid del día 11-07-2025
Convenio – Adenda de 11 de junio de 2025, al convenio de colaboración en materia de Educación Infantil suscrito entre la Comunidad de Madrid (Consejería de Educación, Ciencia y Universidades) y el Ayuntamiento de Sevilla la Nueva
Agencias de viaje – Resolución de 1 de julio de 2025, de la Directora General de Turismo y Hostelería, del cese de actividad de la agencia de viajes Amundsen Incentivos, S. L.
Hemos encontrado más información de empleo y ayudas relacionados pero están ocultos porque eres un usuario anónimo.
Para ver todo el contenido debes ser un usuario registrado. A continuación podrás iniciar sesión o crear una nueva cuenta.