Información oficial del Boletín Oficial Comunidad Madrid en el día 24-10-2025
Madrid (BOCM-20251024-52)
Régimen económico. Área de Gobierno de Vicealcaldía, Portavoz, Seguridad y Emergencias. Ordenanzas fiscales
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Régimen económico. Área de Gobierno de Vicealcaldía, Portavoz, Seguridad y Emergencias. Ordenanzas fiscalesPág. 330
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 24 DE OCTUBRE DE 2025
B.O.C.M. Núm. 254
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
52
MADRID
RÉGIMEN ECONÓMICO
Área de Gobierno de Vicealcaldía, Portavoz, Seguridad y Emergencias
BOCM-20251024-52
La Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, en sesión celebrada el 23 de octubre
de 2025, ha aprobado los proyectos iniciales de las siguientes ordenanzas fiscales:
— Ordenanza por la que se modifica la Ordenanza Fiscal 13/2021, de 29 de diciembre, General de Gestión, Recaudación e Inspección.
— Ordenanza por la que se modifica la Ordenanza Fiscal reguladora del Impuesto sobre Bienes Inmuebles.
— Ordenanza por la que se modifica la Ordenanza Fiscal reguladora del Impuesto sobre Actividades Económicas.
— Ordenanza por la que se modifica la Ordenanza Fiscal reguladora del Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica.
— Ordenanza por la que se modifica la Ordenanza Fiscal 7/2023, de 22 de diciembre,
reguladora del Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras.
— Ordenanza por la que se modifica la Ordenanza Fiscal reguladora de la Tasa por
Expedición de Documentos Administrativos. .
— Ordenanza Fiscal reguladora de la Tasa por Prestación del Servicio de Gestión de
Residuos de Competencia Municipal.
— Ordenanza por la que se modifica la Ordenanza Fiscal 10/2023, de 22 de diciembre, reguladora de la Tasa por Prestación de Servicios Urbanísticos.
— Ordenanza Fiscal reguladora de la Tasa por el mantenimiento de los servicios de
emergencia que presta el Cuerpo de Bomberos del Ayuntamiento de Madrid.
Igualmente ha acordado la apertura de un período de información pública durante un
plazo de treinta días naturales.
Lo que se hace público al objeto de que cuantas personas se consideren interesadas
puedan examinar los expedientes durante el indicado plazo de treinta días naturales, que comenzará a contar desde el siguiente al de la publicación del presente anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, de conformidad con lo establecido en el artículo 48 de la Ley 22/2006, de 4 de julio, de Capitalidad y de Régimen Especial de Madrid.
Asimismo, dentro del referido plazo, podrán formular por escrito las alegaciones que
consideren oportunas, dirigidas a la Oficina de la Secretaría de la Junta de Gobierno y presentarlas en cualquier registro del Ayuntamiento de Madrid o de cualquier otra forma admitida por el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Los expedientes pueden ser consultados durante el período de información pública, en
la página web municipal ( www.madrid.es ).
Madrid, a 23 de octubre de 2025.—La directora de la Oficina de la Secretaría de la Junta
de Gobierno, Carmen Toscano Ramiro.
(03/17.326/25)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
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