Información oficial del Boletín Oficial Comunidad Madrid en el día 06-11-2025
C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE VIVIENDA, TRANSPORTES E INFRAESTRUCTURAS (BOCM-20251106-26)
Precios públicos – Acuerdo de 29 de octubre de 2025, del Consejo de Gobierno, por el que se suprime el precio público “Actividades del Consejo Arbitral para el Alquiler en la Comunidad de Madrid”, Epígrafe “D 05” del Anexo I del Acuerdo de 23 de julio de 1998, del Consejo de Gobierno, por el que se establece el Catálogo actualizado de Servicios y Actividades susceptibles de ser retribuidos mediante precios públicos en el ámbito de la Comunidad de Madrid
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Precios públicos – Acuerdo de 29 de octubre de 2025, del Consejo de Gobierno, por el que se suprime el precio público “Actividades del Consejo Arbitral para el Alquiler en la Comunidad de Madrid”, Epígrafe “D 05” del Anexo I del Acuerdo de 23 de julio de 1998, del Consejo de Gobierno, por el que se establece el Catálogo actualizado de Servicios y Actividades susceptibles de ser retribuidos mediante precios públicos en el ámbito de la Comunidad de MadridB.O.C.M. Núm. 265
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 6 DE NOVIEMBRE DE 2025
Pág. 111
I. COMUNIDAD DE MADRID
C) Otras Disposiciones
Consejería de Vivienda,Transportes e Infraestructuras
ACUERDO de 29 de octubre de 2025, del Consejo de Gobierno, por el que se suprime el precio público “Actividades del Consejo Arbitral para el Alquiler en la
Comunidad de Madrid”, Epígrafe “D 05” del Anexo I del Acuerdo de 23 de julio de 1998, del Consejo de Gobierno, por el que se establece el Catálogo actualizado de Servicios y Actividades susceptibles de ser retribuidos mediante precios públicos en el ámbito de la Comunidad de Madrid.
El Texto Refundido de la Ley de Tasas y Precios Públicos de la Comunidad de Madrid,
aprobado por Decreto Legislativo 1/2002, de 24 de octubre, establece en su Título III las
disposiciones aplicables a los precios públicos y regula los procedimientos y requisitos para
el establecimiento de los servicios y actividades susceptibles de ser retribuidos mediante dicha contraprestación y para la fijación o modificación de sus cuantías.
En concreto, el artículo 27 de dicho texto dispone que el Catálogo de servicios y actividades susceptibles de ser retribuidos mediante precios públicos se establecerá por Acuerdo de Consejo de Gobierno, a propuesta y con base en la solicitud de la Consejería que los
preste, y “previo informe favorable de la Consejería de Hacienda”, que valorará la procedencia de la propuesta. La referencia a la “Consejería de Hacienda” debe entenderse hoy
hecha a la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo.
En este sentido, mediante Acuerdo del Consejo de Gobierno de 23 de julio de 1998, se
establece el Catálogo de Servicios y Actividades susceptibles de ser retribuidos mediante
precios públicos en el ámbito de la Comunidad de Madrid.
Con fecha 29 de marzo de 2012, el Consejo de Gobierno acordó la modificación del
citado catálogo en materia de vivienda, incorporando las actividades desarrolladas por el
Consejo Arbitral para el Alquiler en la Comunidad de Madrid. En dicho acuerdo se estableció la cuantía del precio público aplicable a estas actividades, y su publicación se realizó en
el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID el 12 de abril de 2012.
Como resultado de esta modificación, se añadió al apartado G) del Anexo I del Catálogo un nuevo epígrafe, G.03, con la siguiente redacción:
“G 03. Actividades del Consejo Arbitral para el Alquiler en la Comunidad de Madrid.
G 03.1. Actividades relativas a las partes acogidas al sistema arbitral de solución extrajudicial de los conflictos derivados de la interpretación y aplicación de los contratos de
arrendamiento de vivienda articulados por el Consejo Arbitral para el Alquiler en la Comunidad de Madrid”.
Posteriormente, mediante Acuerdo del Consejo de Gobierno de 12 de septiembre de 2013,
se procedió a una nueva modificación del Catálogo. En esta ocasión, el epígrafe G 03 fue renombrado como D 05, y se integró en el apartado D) Consejería de Transportes, Infraestructuras y Vivienda del Anexo I del Catálogo de Precios Públicos de la Comunidad de Madrid.
El Consejo Arbitral permite que las partes de una relación arrendaticia se acojan a este
sistema arbitral de solución extrajudicial de los conflictos derivados de la interpretación y
aplicación de los contratos de arrendamiento. Este sistema ágil, eficaz confiere de seguridad jurídica por su agilidad a la hora de solucionar posibles conflictos sin tener que acudir
a la vía judicial, con todo lo que ello conlleva.
Entre las garantías ofrecidas como medidas de fomento al alquiler están las dirigidas
a proporcionar una mayor seguridad jurídica a arrendadores y arrendatarios en los contratos de arrendamiento de vivienda, ofreciéndoles la posibilidad de someterse a una institución arbitral voluntariamente. Eliminando el precio público para acceder al Consejo Arbitral se incentiva el acceso a este sistema con el fin de conferir mayor seguridad jurídica.
Teniendo en cuenta que el alquiler constituye una opción especialmente adecuada para
facilitar el acceso a la vivienda y, dada la carencia de la misma, se hace necesaria la exención del abono del precio público por las actividades del Consejo Arbitral para los propietarios que arrienden una vivienda, como una medida para incentivar la puesta de viviendas
en el mercado de alquiler.
BOCM-20251106-26
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Otra información oficial del Boletín Oficial Comunidad Madrid del día 06-11-2025
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