Información oficial del Boletín Oficial Comunidad Madrid en el día 17-12-2025
D) Anuncios - CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CIENCIA Y UNIVERSIDADES (BOCM-20251217-59)
Convenio – Convenio de colaboración de 22 de octubre de 2025, entre la Comunidad de Madrid (Consejería de Educación, Ciencia y Universidades) y la Universidad CEU-San Pablo para el desarrollo del prácticum de los alumnos de los Grados de Magisterio, Pedagogía y Psicología durante el curso escolar 2025-2026 en centros educativos no universitarios de la Comunidad de Madrid
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Convenio – Convenio de colaboración de 22 de octubre de 2025, entre la Comunidad de Madrid (Consejería de Educación, Ciencia y Universidades) y la Universidad CEU-San Pablo para el desarrollo del prácticum de los alumnos de los Grados de Magisterio, Pedagogía y Psicología durante el curso escolar 2025-2026 en centros educativos no universitarios de la Comunidad de MadridPág. 160
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 17 DE DICIEMBRE DE 2025
B.O.C.M. Núm. 300
I. COMUNIDAD DE MADRID
D) Anuncios
Consejería de Educación, Ciencia y Universidades
59
CONVENIO de colaboración de 22 de octubre de 2025, entre la Comunidad de
Madrid (Consejería de Educación, Ciencia y Universidades) y la Universidad
CEU-San Pablo para el desarrollo del prácticum de los alumnos de los Grados
de Magisterio, Pedagogía y Psicología durante el curso escolar 2025-2026 en
centros educativos no universitarios de la Comunidad de Madrid.
En Madrid, a 22 de octubre de 2025.
REUNIDOS
De una parte, Dña. Beatriz Rodríguez Merchán, Directora General de Bilingüismo y
Calidad de la Enseñanza, nombrada por Decreto 53/2025, de 9 de julio, del Consejo de Gobierno, en nombre y representación de la Consejería de Educación, Ciencia y Universidades de la Comunidad de Madrid, con competencia delegada en materia de celebración de
convenios con universidades para el desarrollo de prácticas de grado en Magisterio, Pedagogía y Psicología, máster universitario en Formación del Profesorado de Educación Secundaria Obligatoria y Bachillerato, Formación Profesional y Enseñanza de Idiomas y de
la formación equivalente, por la Orden 365/2024, de 13 de febrero, del Consejero de Educación, Ciencia y Universidades, por la que se delega el ejercicio de determinadas competencias y se desconcentra el Protectorado de Fundaciones.
De otra parte, Dña. Rosa María Visiedo Claverol, en calidad de Rectora Magnífica de
la Universidad CEU-San Pablo, nombrada por Acuerdo de Junta del Patronato de la Universidad San Pablo CEU el 17 de junio de 2023, en nombre y representación de la misma
en virtud del artículo 20 de la Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, del Sistema Universitario, y en ejercicio de las facultades previstas en el artículo 15.1 d) de las Normas de Organización y funcionamiento de dicha Universidad (Decreto 31/2011, de 2 de junio, del
Consejo de Gobierno, por el que se aprueban las Normas de Organización y Funcionamiento de la Universidad San Pablo-CEU; BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID,
n.o 136, de 10 de junio).
Reconociéndose recíprocamente competencia y capacidad legal suficiente para obligarse a tal efecto
EXPONEN
El artículo 100 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, establece que la formación
inicial para el ejercicio de la profesión docente se ajustará a las necesidades de titulación y
de cualificación requeridas por la ordenación general del sistema educativo. Su contenido
garantizará la capacitación adecuada para afrontar los retos del sistema educativo y adaptar
las enseñanzas a las nuevas necesidades formativas. Por ello, para ejercer la docencia en las
diferentes enseñanzas reguladas en la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, será necesario
estar en posesión de las titulaciones académicas correspondientes y tener la formación pedagógica y didáctica que el Gobierno establezca para cada enseñanza.
Igualmente, remite este mismo artículo, en su apartado tercero a las Administraciones
educativas el mandato de establecer los convenios oportunos con las universidades para la
organización de la formación pedagógica y didáctica a la que se refiere el párrafo anterior.
Segundo
De igual forma, la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, establece en su artículo 92 que
la atención educativa directa en la etapa de Educación Infantil deberá ser desempeñada por
profesionales que estén en posesión del título de Maestro en Educación Infantil o del título
BOCM-20251217-59
Primero
Otra información oficial del Boletín Oficial Comunidad Madrid del día 17-12-2025
Convenio – Convenio de colaboración de 22 de octubre de 2025, entre la Comunidad de Madrid (Consejería de Educación, Ciencia y Universidades) y la Universidad de Salamanca, para el desarrollo del prácticum de los alumnos de los grados de Magisterio, Pedagogía y Psicología durante el curso escolar 2025-2026 en centros...
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