Información oficial del Boletín Oficial Comunidad Madrid en el día 26-12-2025
C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO (BOCM-20251226-23)
Retribuciones acciones formativas – Orden de 17 de diciembre de 2025, de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, por la que se establecen los baremos aplicables y los criterios adicionales de gestión respecto de las acciones formativas para el personal al servicio de la Administración de la Comunidad de Madrid
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Retribuciones acciones formativas – Orden de 17 de diciembre de 2025, de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, por la que se establecen los baremos aplicables y los criterios adicionales de gestión respecto de las acciones formativas para el personal al servicio de la Administración de la Comunidad de MadridB.O.C.M. Núm. 307
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 26 DE DICIEMBRE DE 2025
Pág. 91
I. COMUNIDAD DE MADRID
C) Otras Disposiciones
Consejería de Economía, Hacienda y Empleo
ORDEN de 17 de diciembre de 2025, de la Consejería de Economía, Hacienda y
Empleo, por la que se establecen los baremos aplicables y los criterios adicionales de gestión respecto de las acciones formativas para el personal al servicio
de la Administración de la Comunidad de Madrid.
El régimen de asistencias por la impartición de acciones formativas, así como los criterios adicionales de gestión de los planes de formación de empleados públicos, hasta
ahora vigentes se encuentran contenidos en la Orden de 28 de octubre de 2020, de la Consejería de Hacienda y Función Pública, adoptada de acuerdo con lo previsto en el Real
Decreto 462/2002, de 24 de mayo, sobre indemnizaciones por razón de servicio, aplicable supletoriamente en la Administración de la Comunidad de Madrid.
Transcurridos cinco años desde su aprobación, se ha considerado conveniente la
adopción de una nueva orden que la sustituya, a fin de atender a tres tipos de objetivos fundamentales.
En primer lugar, se trata de profundizar en una estrategia que comporta la implantación progresiva de nuevas modalidades de formación, que están llamadas a complementar
las acciones formativas que se pueden calificar como clásicas en la medida en que se basan
en una transmisión directa de conocimientos y experiencias entre un docente, especialista
en la materia, y el correspondiente alumnado.
Junto a este tipo de cursos, de manera progresiva se va abriendo paso otro modelo de
aprendizaje de naturaleza más informal que, basado en conceptos tales como los de gestión
de conocimiento interno, intra-aprendizaje y aprendizaje social y colaborativo, tiene como finalidad hacer aflorar y compartir todo el saber, tanto teórico como, sobre todo, práctico, acumulado dentro de la propia organización y que puede ser tanto aportado como recibido por el
conjunto de sus miembros, en un proceso de formación mutua y continua que conserve e incremente el acervo de capacidades y experiencias constituido a lo largo de su existencia.
De este modo, se regulan dos nuevas figuras: por un lado, la del tutor de comunidades
de aprendizaje, cuya misión es la de dirigir, orientar y dinamizar los grupos de empleados
que, bien como complemento de los cursos reglados, bien de manera independiente de estos, se constituyan para prolongar y profundizar en los conocimientos adquiridos, haciendo
uso para ello de las potencialidades que ofrecen las nuevas tecnologías en el desarrollo del
proceso formativo; y, por otro, la de tutor de programas de mentorización, que está llamado a ocupar un espacio cada vez más significativo en las estrategias de acogida del personal de nuevo ingreso en un escenario de creciente relevo generacional, si bien en una primera fase el esfuerzo se focaliza preferentemente en la atención a los nuevos empleados con
discapacidad intelectual, dada la especial atención que este colectivo merece en orden a
promover su inserción laboral.
En segundo término, y en esta misma línea de potenciar herramientas formativas que
superen el sistema clásico, se han introducido diversas modificaciones para extender, facilitar y flexibilizar la gestión tanto de congresos, jornadas y seminarios, en relación con los
cuales la experiencia acumulada permite apreciar que tienen un elevado grado de aceptación por parte de sus destinatarios y que se configuran como auténticos laboratorios de
ideas y de proyectos, como de las acciones formativas de alta cualificación impartida por
entidades externas, línea de trabajo esta última que ha ido creciendo y consolidándose en
cada uno de los ejercicios presupuestarios transcurridos desde su implantación a través de
la orden de 28 de octubre de 2020.
Por último, se ha procedido a actualizar las cuantías de las asistencias devengadas por
el personal interno que asume tareas formativas y de la remuneración a las empresas y profesionales externos que prestan sus servicios de cara a la ejecución de los sucesivos planes
de formación, las cuales no habían sido objeto de revisión desde el año 2017.
En virtud de cuanto antecede, a propuesta de la Dirección General de Función Pública
y en uso de las facultades conferidas por el artículo 1 del Decreto 230/2023, de 6 de septiem-
BOCM-20251226-23
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Otra información oficial del Boletín Oficial Comunidad Madrid del día 26-12-2025
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