Información oficial del Boletín Oficial Comunidad Madrid en el día 30-12-2025
Pinto (BOCM-20251230-84)
Régimen económico. Ordenanza fiscal
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Régimen económico. Ordenanza fiscalB.O.C.M. Núm. 310
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 30 DE DICIEMBRE DE 2025
Pág. 349
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
84
PINTO
RÉGIMEN ECONÓMICO
El Pleno del Ayuntamiento de Pinto, en sesión ordinaria celebrada el 30 de octubre
de 2025, aprobó provisionalmente la ordenanza fiscal de actualización y mejora del sistema tributario municipal de Pinto.
Habiéndose presentado en plazo reclamaciones frente a dicho acuerdo de aprobación
provisional, en aplicación del artículo 17.3 del texto refundido de la Ley Reguladora de las
Haciendas Locales, aprobado por R. D. Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, el Pleno de la
Corporación, en sesión extraordinaria y urgente celebrada el día 29 de diciembre de 2025,
resuelve dichas reclamaciones y acuerda la aprobación definitiva de la ordenanza.
Contra el presente acuerdo, los interesados podrán interponer recurso contenciosoadministrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de la publicación de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, de
conformidad con lo dispuesto en el artículo 46.1 de la Ley 29/1988 de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, sin perjuicio de que se interponga
cualquier otro recurso que estime oportuno. Así, en cumplimiento de lo establecido en el
artículo 17.4 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales antes mencionado, se procede a transcribir el texto íntegro de la modificación para su publicación y
entrada en vigor.
ANEXO
ORDENANZA FISCAL DE ACTUALIZACIÓN Y MEJORA DEL SISTEMA TRIBUTARIO
MUNICIPAL DE PINTO
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
La presente Ordenanza fiscal tiene por objeto actualizar los módulos, adaptar el contenido de las
ordenanzas a la jurisprudencia actual, reducir el tipo de gravamen del Impuesto sobre Bienes Inmuebles, así ajustar determinados aspectos técnicos de redacción para mejorar la eficacia de su
aplicación, comprendiendo a tal efecto las modificaciones normativas siguientes:
a) Ordenanza Fiscal nº 1.2. Reguladora del Impuesto sobre Impuesto de Bienes Inmuebles
(IBI). Se propone la bajada del tipo de gravamen del 0,655% al 0,619%
b) Ordenanzas Fiscal nº1.1. Reguladora del Impuesto sobre Actividades Económicas (IAE). Se
concretan los requisitos para la concesión por la instalación de placas fotovoltaicas y otras
mejoras técnicas.
c) Ordenanza Fiscal nº 1.3. Reguladora del Impuesto sobre construcciones y obras (ICIO).
Ajuste de los módulos a efectos de la liquidación provisional para su aproximación a los
costes de referencia actualizados por la Comunidad de Madrid.
e) Ordenanza Fiscal nº1. General de gestión, recaudación e inspección. Se desarrollan aspectos relativos a la gestión de bonificaciones, calendario fiscal, gestión de tributos periódicos
por padrón o regulación de fallido y crédito incobrable, para la mejora de la seguridad jurídica de los vecinos y los intereses municipales.
Esta norma se adecua a los principios de buena regulación recogidos en el artículo 129 de la Ley
39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas. En concreto, cumple con los principios de necesidad y eficacia, pues se resulta un instrumento
jurídico imprescindible para la mejora de las normas tributarias municipales en los ámbitos señala-
BOCM-20251230-84
d) Ordenanza Fiscal nº 2.21. Reguladora de la tasa por el mantenimiento del servicio de prevención y extinción de incendios y salvamentos de Pinto. Se introducen cambios para adaptación a la jurisprudencia del Tribunal Supremo.
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