Información oficial del Boletín Oficial Comunidad Madrid en el día 30-12-2025
San Fernando de Henares (BOCM-20251230-94)
Régimen económico. Ordenanza fiscal
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Régimen económico. Ordenanza fiscalBOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
Pág. 416
MARTES 30 DE DICIEMBRE DE 2025
B.O.C.M. Núm. 310
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
94
SAN FERNANDO DE HENARES
RÉGIMEN ECONÓMICO
Aprobado inicialmente por el Pleno del Ayuntamiento de San Fernando de Henares,
en sesión ordinaria celebrada el 16 de octubre de 2025, el acuerdo de aprobación provisional del expediente de modificación de la ordenanza fiscal número 15, Reguladora del
Impuesto sobre Bienes Inmuebles.
Publicada su aprobación inicial y exposición pública el día 6 de noviembre de 2025 en
el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 265 y en el tablón de anuncios del Ayuntamiento. Finalizado el plazo legal de treinta días hábiles establecido al efecto, sin haberse recibido reclamaciones, en virtud de lo previsto en el artículo 17.3 del Real
Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la
Ley Reguladora de las Haciendas Locales, se entiende definitivamente adoptado el acuerdo provisional sin necesidad de acuerdo plenario.
Contra el presente acuerdo, los interesados podrán interponer recurso contenciosoadministrativo, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en el plazo de dos meses, contados a partir del día siguiente al de la publicación de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, de
conformidad con lo dispuesto en el artículo 46.1 de la Ley 29/1988, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, sin perjuicio de que se interponga
cualquier otro recurso si se estima oportuno.
Así, en cumplimiento de lo establecido en el artículo 17.4 del texto refundido de la Ley
Reguladora de las Haciendas Locales antes mencionado, se procede a transcribir el texto íntegro de la modificación para su publicación y entrada en vigor.
ORDENANZA FISCAL N.º 15 REGULADORA DEL IMPUESTO SOBRE BIENES INMUEBLES
Artículo 1. Naturaleza y objeto
1. El Impuesto sobre Bienes Inmuebles es un tributo directo de carácter real, de exacción obligatoria
por los Ayuntamientos, que grava el valor de los bienes inmuebles, en los términos establecidos en
los artículos 60 a 77 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el
Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, y en las disposiciones de la
presente Ordenanza Fiscal.
2. En todo lo no previsto específicamente en la presente Ordenanza se estará a lo dispuesto en el
Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, la Ordenanza Fiscal General de
Gestión, Recaudación e Inspección y en la Ley General Tributaria y las disposiciones que la
desarrollan.
Artículo 2. Hecho imponible
a)
b)
c)
d)
De una concesión administrativa sobre los propios inmuebles o sobre los servicios públicos
a que se hallen afectos.
De un derecho real de superficie.
De un derecho real de usufructo.
Del derecho de propiedad.
BOCM-20251230-94
1. Constituye el hecho imponible del impuesto la titularidad de los siguientes derechos sobre los
bienes inmuebles rústicos y urbanos y sobre los inmuebles de características especiales situados
en el término municipal de San Fernando de Henares:
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