Información oficial del Boletín Oficial Comunidad Madrid en el día 30-12-2025

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Boletín Oficial Comunidad Madrid
30/12/2025

San Fernando de Henares (BOCM-20251230-92)

Régimen económico. Ordenanza fiscal

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Régimen económico. Ordenanza fiscal
Página 1 del anuncio BOCM
B.O.C.M. Núm. 310

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 30 DE DICIEMBRE DE 2025

Pág. 383

III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
92

SAN FERNANDO DE HENARES
RÉGIMEN ECONÓMICO

Aprobado inicialmente por el Pleno del Ayuntamiento de San Fernando de Henares,
en sesión ordinaria celebrada el 16 de octubre de 2025, el acuerdo de aprobación provisional del expediente de modificación de la ordenanza fiscal n.o 10 tasa por la prestación del
servicio de la Escuela Municipal de Educación Infantil “Polichinela”.
Publicada su aprobación inicial y exposición pública el día 6 de noviembre de 2025,
en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 265 y en el tablón de anuncios del Ayuntamiento. Finalizado el plazo legal de treinta días hábiles establecido al efecto, sin haberse recibido reclamaciones, en virtud de lo previsto en el artículo 17.3 del Real
Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la
Ley Reguladora de las Haciendas Locales, se entiende definitivamente adoptado el acuerdo provisional sin necesidad de acuerdo plenario.
Contra el presente acuerdo, los interesados podrán interponer recurso contenciosoadministrativo, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en el plazo de dos meses, contados a partir del día siguiente al de la publicación de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, de
conformidad con lo dispuesto en el artículo 46.1 de la Ley 29/1988, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, sin perjuicio de que se interponga
cualquier otro recurso si se estima oportuno.
Así, en cumplimiento de lo establecido en el artículo 17.4 del texto refundido de la Ley
Reguladora de las Haciendas Locales antes mencionado, se procede a transcribir el texto íntegro de la modificación para su publicación y entrada en vigor.

Artículo 1. Fundamento y objeto.—En uso de las facultades conferidas por los artículos 133.2 y 142 de la Constitución y por el artículo 106 de la Ley 7/1985, de 2 de abril,
Reguladora de las Bases de Régimen Local, y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 15 a 27 del Real Decreto Ley 2/2004 que aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales y en relación a la Ley 25/1998, de 13 de julio, de modificación del Régimen legal de las Tasas Estatales y Locales y de Reordenación de las
Prestaciones Patrimoniales de carácter Público, este Ayuntamiento establece la tasa por la
prestación del servicio de Escuela Infantil Municipal, conforme a las disposiciones establecidas por la Dirección General de Educación Infantil y Primaria de la Comunidad de
Madrid para el establecimiento de cuotas en Escuelas Infantiles.
Art. 2. Hecho imponible.—1. Constituye el hecho imponible de la tasa la utilización de los servicios prestados por la Escuela Municipal de Educación Infantil “Polichinela” que incluyen: servicios de custodia, educación infantil y comedor.
2. La prestación de estos servicios se efectuará durante los meses comprensivos de
cada curso escolar, es decir desde septiembre hasta julio (once meses).
3. El horario general de la Escuela Infantil es el comprendido entre las 9:00 y
las 16:00 horas, mientras que el horario ampliado será el comprendido entre 7:15 y las 9:00
horas y entre 16:00 y 17:00 horas. La utilización del horario ampliado conlleva el pago de
la cuota reflejada en el artículo 4.o de esta ordenanza.
4. El comedor escolar en la Escuela Infantil tiene carácter obligatorio para los usuarios y su uso conlleva el pago de la cuota reflejada en el artículo 4.o de esta ordenanza.
Art. 3. Sujetos pasivos.—1. Conforme al artículo 23.1.b) del Texto Refundido de
la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, están obligados al pago de la tasa, en concepto de contribuyentes, las personas que soliciten o en cuyo interés redunden los servicios que constituyen el

BOCM-20251230-92

ORDENANZA FISCAL N.o 10 TASA POR LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO
DE LA ESCUELA MUNICIPAL DE EDUCACIÓN INFANTIL “POLICHINELA”

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