Información oficial del Boletín Oficial Comunidad Madrid en el día 03-01-2026

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Boletín Oficial Comunidad Madrid
03/01/2026

D) Anuncios - CONSEJERÍA DE FAMILIA, JUVENTUD Y ASUNTOS SOCIALES (BOCM-20260103-5)

Convenio – Convenio de 3 de diciembre de 2025, entre la Comunidad de Madrid a través de la Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales, la Consejería de Digitalización, el Servicio Madrileño de Salud, y el Ilustre Colegio Oficial de Médicos de Madrid, para el apoyo técnico en la emisión de informes médicos de valoración del grado de discapacidad

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Convenio – Convenio de 3 de diciembre de 2025, entre la Comunidad de Madrid a través de la Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales, la Consejería de Digitalización, el Servicio Madrileño de Salud, y el Ilustre Colegio Oficial de Médicos de Madrid, para el apoyo técnico en la emisión de informes médicos de valoración del grado de discapacidad
Página 1 del anuncio BOCM
Pág. 90

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
SÁBADO 3 DE ENERO DE 2026

B.O.C.M. Núm. 2

I. COMUNIDAD DE MADRID

D) Anuncios
Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales
5

CONVENIO de 3 de diciembre de 2025, entre la Comunidad de Madrid a través
de la Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales, la Consejería de Digitalización, el Servicio Madrileño de Salud, y el Ilustre Colegio Oficial de Médicos de Madrid, para el apoyo técnico en la emisión de informes médicos de valoración del grado de discapacidad.
REUNIDOS

De una parte, la Excma. Sra. Doña Ana Dávila-Ponce de León Municio, Consejera de
Familia, Juventud y Asuntos Sociales, nombrada por Decreto 46/2023, de 23 de junio, de
la Presidenta da la Comunidad de Madrid, y competente para la suscripción del presente
convenio conforme al artículo 41.a) de la Ley 1/1983, de 13 de diciembre, de Gobierno y
Administración de la Comunidad de Madrid, y el artículo 3.2.a) del Decreto 48/2019, de 10
de junio, por el que se regula la actividad convencional de la Comunidad de Madrid.
De otra parte, el Excmo. Sr. Don Miguel López-Valverde Argüeso, Consejero de Digitalización, nombrado por Decreto 42/2023 de 23 de junio, de la Presidenta de la Comunidad de Madrid, y competente para la suscripción del presente convenio conforme al artículo 41.a) de la Ley 1/1983, de 13 de diciembre, de Gobierno y Administración de la
Comunidad de Madrid, y el artículo 3.2.a) del Decreto 48/2019, de 10 de junio, por el que
se regula la actividad convencional de la Comunidad de Madrid.
De otra parte, D.a Laura Gutiérrez Barreno, Viceconsejera de Sanidad y Directora General del Servicio Madrileño de Salud, nombrada mediante Decreto 257/2023, de 22 de noviembre, del Consejo de Gobierno, en nombre y representación del Servicio Madrileño de
Salud, actuando en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 1.2 del Decreto 246/2023, de 4 de octubre, por el que se establece la estructura directiva del Servicio Madrileño de Salud, el artículo 23.2.a) del Decreto 24/2008, de 3 de abril, por el que se establece el régimen jurídico y de funcionamiento del Servicio Madrileño de Salud y el
Acuerdo de 30 de diciembre de 2024, del Consejo de Administración del Servicio Madrileño de Salud, por el que se revocan los acuerdos adoptados anteriormente, relativos a la
delegación de competencias, su avocación y ratificación, y de delegan determinadas competencias del Consejo de Administración.
Y de otra parte, Don Manuel Martínez-Sellés D’Oliveira Soares, en nombre y representación del Ilustre Colegio Oficial de Médicos de Madrid, en su calidad de Decano-Presidente, en virtud de lo establecido en el artículo 1.4.o de los Estatutos de la Corporación,
publicados por Resolución de 1 de febrero de 2024, de la Dirección General de Recursos
Humanos y Relaciones con la Administración de Justicia, por la que se dispone la publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, número 39, de 15 de febrero de 2024.
Las partes se reconocen mutuamente capacidad jurídica suficiente para suscribir el
presente convenio y a tal efecto,
EXPONEN

El Decreto 241/2023, de 20 de septiembre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales, dispone en su artículo 1 que su titular ejercerá las competencias que le otorga el artículo 41 de
la Ley 1/1983, de 13 de diciembre, y las demás disposiciones en vigor, correspondiéndole,
como órgano superior de la Administración de la Comunidad de Madrid, el desarrollo general, la coordinación, la dirección, ejecución y control de las políticas públicas del Gobierno en los ámbitos de la discapacidad, entre otros.

BOCM-20260103-5

Primero

Otra información oficial del Boletín Oficial Comunidad Madrid del día 03-01-2026

D) Anuncios - CONSEJERÍA DE FAMILIA, JUVENTUD Y ASUNTOS SOCIALES (BOCM-20260103-6)

Convenio – Adenda de 4 de diciembre de 2025, de prórroga del convenio de colaboración entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales, y la Mancomunidad de el Sudeste de la Comunidad de Madrid (MISECAM) para el desarrollo de la atención social...

D) Anuncios - CONSEJERÍA DE FAMILIA, JUVENTUD Y ASUNTOS SOCIALES (BOCM-20260103-12)

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D) Anuncios - CONSEJERÍA DE FAMILIA, JUVENTUD Y ASUNTOS SOCIALES (BOCM-20260103-17)

Convenio – Adenda de 5 de diciembre de 2025, de prórroga del convenio de colaboración entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales, y el Ayuntamiento de Alcobendas, para el desarrollo de la atención social primaria y otros programas por los servicios...

D) Anuncios - CONSEJERÍA DE CULTURA, TURISMO Y DEPORTE (BOCM-20260103-18)

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Leganés (BOCM-20260103-21)

Régimen económico. Ordenanza fiscal

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