Información oficial del Boletín Oficial Comunidad Madrid en el día 08-01-2026
Parla (BOCM-20260108-67)
Régimen económico. Padron fiscal
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Régimen económico. Padron fiscalPág. 192
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 8 DE ENERO DE 2026
B.O.C.M. Núm. 6
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
67
PARLA
RÉGIMEN ECONÓMICO
NÚMERO DE RECIBOS
IMPORTE
16
20.284,79€
Esta exposición, al tratarse de tributos de cobro periódico por recibo, tiene el carácter
de notificación colectiva a que hace referencia al artículo 102.3 de la Ley 58/2003, de 17
de diciembre, General Tributaria.
— Plazo de exposición: veinte días, a contar desde la inserción de este anuncio en el
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, durante cuyo plazo podrán ser
examinados y ser presentados recursos y reclamaciones en base a lo siguiente, de
conformidad con lo establecido en los artículos 137 de la Ley 7/1985, de 2 de
abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, y 14 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, potestativamente, podrá interponerse recurso
de reposición ante el concejal del Área de Economía, Hacienda, Fondos Europeos,
Participación Ciudadana y Atención a la Ciudadanía del Ayuntamiento de Parla,
con carácter previo a la reclamación económico-administrativa, o bien directamente, reclamación económico-administrativa, previa al contencioso-administrativo,
ante el Jurado Económico-Administrativo del Ayuntamiento de la villa de Parla,
en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente a la finalización del período
voluntario de pago.
— Plazo de ingreso en período voluntario: del 2 de febrero a 31 de marzo de 2026.
— Forma de pago: para el pago de los tributos municipales por recibo, en período voluntario, los contribuyentes que no tengan domiciliación permanente de sus tributos deberán presentar el aviso de pago que se distribuye, personándose por sí o a
través de tercero en las oficinas de las siguientes entidades de crédito colaboradoras en la recaudación, en los horarios de atención al público: Caixabank, Ibercaja,
Liberbank Banco Santander, Deutsche Bank, Bilbao Bizkaia Kutxa, Sabadell
Atlántico, Banco Bilbao Vizcaya Argentaria (BBVA) y mediante giro postal en la
Sociedad Estatal de Correos y Telégrafos, S. A., S. M. E.
También se podrá hacer efectivo el pago de estos tributos a través de la sede
electrónica crédito o débito de cualquier entidad bancaria. Para ello es necesario disponer de un certificado digital válido.
En caso de que no se reciba el aviso de pago o el extravío del mismo, se podrá solicitar durante el período de pago en período voluntario señalado y disponiendo de
la suficiente acreditación, un duplicado del mismo, vía sede electrónica del Ayuntamiento de Parla.
— Recursos: contra los datos contenidos en los padrones y listas cobratorias de los
recibos objeto de esta comunicación, y en caso de disconformidad con los mismos, de acuerdo con lo establecido en los artículos 137 de la Ley 7/1985, de 2 de
BOCM-20260108-67
Anuncio de cobranza de la tasa por utilización privativa o aprovechamiento especial
del dominio público local (cajeros automáticos instalados en la vía pública) para el ejercicio 2026.
En cumplimiento de lo previsto en el artículo 24 del Real Decreto 939/2005, de 29 de
julio, por el que se aprueba el Reglamento General de Recaudación, se pone en conocimiento de los contribuyentes y demás interesados, que se halla expuesto al público para su
consulta por quien acredite un interés cierto y previa solicitud, en la sede de la Oficina de
Gestión Tributaria del Ayuntamiento de la villa de Parla, situada en la calle Severo
Ochoa, números 7-9, el padrón de contribuyentes y listas cobratorias la tasa por utilización
privativa o aprovechamiento especial del dominio público local (cajeros automáticos instalados en la vía pública) del ejercicio 2026.
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