Información oficial del Boletín Oficial Comunidad Madrid en el día 16-01-2026

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Boletín Oficial Comunidad Madrid
16/01/2026

Buitrago del Lozoya (BOCM-20260116-38)

Organización y funcionamiento. Ordenanza bienestar animal

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Contenido de la primera página

Organización y funcionamiento. Ordenanza bienestar animal
Página 1 del anuncio BOCM

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

B.O.C.M. Núm. 13

VIERNES 16 DE ENERO DE 2026

Pág. 105

III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
38

BUITRAGO DEL LOZOYA
ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO

Se considera aprobado definitivamente, al no haberse presentado reclamaciones durante el trámite de información pública llevado a efecto, el acuerdo adoptado por el Ayuntamiento Pleno, en sesión ordinaria celebrada el día 29 de octubre de 2025, en virtud del
cual se aprobó, con carácter inicial, la ordenanza municipal reguladora de la tenencia responsable y del bienestar animal en el término municipal de Buitrago del Lozoya (Madrid)
y que ha sido expuesto al público en anuncio insertado en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, número 270, de fecha 12 de noviembre de 2025, página 344.
Lo cual se publica, al objeto de dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 70.2 de
la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, insertándose a
continuación el texto íntegro de la ordenanza municipal reguladora de la tenencia responsable y del bienestar animal en el término municipal de Buitrago del Lozoya (Madrid).
ORDENANZA MUNICIPAL REGULADORA
DE LA TENENCIA RESPONSABLE Y DEL BIENESTAR ANIMAL
PREÁMBULO
La aprobación de la Ley 7/2023, de 28 de marzo, de protección de los derechos y el bienestar de
los animales supone un hito en la materia, cuyo objetivo implementar mecanismos legales con el
fin de fomentar la protección animal y prevenir el alto grado de abandono de animales en nuestro
país, estableciendo un marco común en todo el territorio español, implicando a los poderes
públicos y a la ciudadanía en el respeto a todos los animales.
La Ley atribuye un papel fundamental en las Entidades Locales para hacer efectivas las
previsiones de la Ley por lo que resulta necesario aprobar la Ordenanza Municipal de Protección y
Bienestar Animal.
Con esta norma se pretende conseguir no solo la protección y bienestar de los animales, sino que
también una convivencia equilibrada, pacífica y cordial entre los ciudadanos poseedores y/o
propietarios de animales y los que no. Igualmente pretende evitar todo tipo de riesgos, tanto para
la salud de las personas y/o de los animales y la protección del medio ambiente. Y, también
reivindica la función social de los animales, tanto desde el punto de vista de compañía, como de
seguridad emocional, asistencial y/o terapéutica, en algunos casos.
En los sucesivos artículos de esta ordenanza se regularán, entre otras cuestiones, las condiciones
generales de tenencia de los animales, las condiciones sanitarias y seguridad, las actividades
comerciales o de servicios relacionadas con ellos, y las interrelaciones entre las personas y los
animales domésticos o las colonias felinas existentes en el término municipal.

TÍTULO I.
DISPOSICIONES GENERALES
ARTÍCULO 1. Objeto
La presente ordenanza tiene por objeto complementar el marco legal establecido por la normativa
comunitaria y la legislación estatal y autonómica en materia de protección animal con el

BOCM-20260116-38

Todo ello bien a justificar la adecuación de esta Ordenanza a los principios de buena regulación
recogidos en el artículo 129 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo
Común de las Administraciones Publicas; estos son los principios de necesidad, eficacia,
proporcionalidad, seguridad, transparencia y eficiencia.

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