Información oficial del Boletín Oficial Comunidad Madrid en el día 23-02-2026
C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO (BOCM-20260223-27)
Emisión deuda pública – Orden de 18 de febrero de 2026, de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, por la que se establecen las condiciones de una emisión de deuda pública sostenible de la Comunidad de Madrid por importe nominal máximo de 1.000.000.000,00 de euros
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Emisión deuda pública – Orden de 18 de febrero de 2026, de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, por la que se establecen las condiciones de una emisión de deuda pública sostenible de la Comunidad de Madrid por importe nominal máximo de 1.000.000.000,00 de eurosPág. 212
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 23 DE FEBRERO DE 2026
B.O.C.M. Núm. 45
I. COMUNIDAD DE MADRID
C) Otras Disposiciones
Consejería de Economía, Hacienda y Empleo
27
ORDEN de 18 de febrero de 2026, de la Consejería de Economía, Hacienda
y Empleo, por la que se establecen las condiciones de una emisión de deuda
pública sostenible de la Comunidad de Madrid por importe nominal máximo
de 1.000.000.000,00 de euros.
Mediante Acuerdo de Consejo de Ministros, de 9 de diciembre de 2025, se ha autorizado a la Comunidad de Madrid formalizar operaciones de deuda a largo plazo, por un importe máximo de 3.027.649.914,07 euros, y operaciones de deuda a corto plazo por un importe máximo de 1.846.250.000,00 euros, hasta 31 de diciembre de 2026.
El Gobierno de la Comunidad de Madrid, a propuesta de la Consejera de Economía, Hacienda y Empleo, ha autorizado, mediante Acuerdo de 14 de enero de 2026, a disponer la realización de una o varias operaciones financieras a largo plazo por importe máximo
de 3.027.649.914,07 euros, según lo establecido en el artículo 167 de la Ley 5/2025, de 23 de
diciembre, de Hacienda de la Comunidad de Madrid, y dentro del límite de endeudamiento
establecido en el artículo 33 de la Ley 6/2025, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid para el año 2026, y, en todo caso, condicionado al importe
máximo y condiciones fijadas por el citado Acuerdo de Consejo de Ministros de 9 de diciembre de 2025.
Todo lo anterior, al amparo de lo dispuesto en el artículo 163 de la Ley 5/2025 de 23 de
diciembre, de Hacienda de la Comunidad de Madrid y el artículo 34.1 de la Ley 6/2025,
de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid para el año 2026.
En virtud de los citados Acuerdos, dadas las condiciones actuales en el Mercado de
Deuda Pública, se considera conveniente que la Comunidad de Madrid proceda a realizar
una emisión de deuda pública sostenible con una vida media de 10,17 años a tipo de interés fijo. El importe no excede de los límites autorizados por los referidos Acuerdos.
En razón de lo expuesto a propuesta de la Dirección General de Política Financiera y
Tesorería y de conformidad con las facultades conferidas por el artículo 169.a) y g) de la
Ley 5/2025, de 23 de diciembre, de Hacienda de la Comunidad de Madrid,
DISPONGO
Realizar una emisión de Deuda Pública sostenible con las siguientes características:
Importe nominal máximo: 1.000.000.000,00 de euros.
Modalidad: Obligaciones.
Fecha de emisión y desembolso: 26 de febrero de 2026.
Precio de emisión: 99,99 % sobre el importe nominal de la emisión, que equivale
a 999.900.000,00 euros.
Fecha de vencimiento: 30 de abril de 2036.
Amortización: Única, al vencimiento y a la par, libre de gastos para el tenedor.
Representación de las obligaciones: Las obligaciones se representan mediante anotaciones en cuenta registradas a través del Sistema de Registro del Mercado de Renta Fija,
AIAF, gestionado por la Sociedad de Gestión de los Sistemas de Registro, Compensación
y Liquidación de Valores, S.A.–Iberclear, siendo el importe nominal mínimo de negociación de 1.000,00 euros.
Negociación de los valores: Mercado de Renta Fija AIAF.
Suscripción: La suscripción de las obligaciones se realizará a través de las entidades
colocadoras mediante el procedimiento de book building. El importe total de la emisión se
adjudicará a cada entidad inversora adjudicataria proporcionalmente al importe solicitado
y precio adjudicado, y se anotará en las cuentas de valores de los miembros del Mercado de
Renta Fija AIAF que determinen las citadas entidades inversoras adjudicatarias.
BOCM-20260223-27
Primero
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