Información oficial del Boletín Oficial Comunidad Madrid en el día 02-03-2026
Cubas de la Sagra (BOCM-20260302-50)
Organización y funcionamiento. Delegación funciones
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Organización y funcionamiento. Delegación funcionesPág. 246
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 2 DE MARZO DE 2026
B.O.C.M. Núm. 51
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
50
CUBAS DE LA SAGRA
ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO
El alcalde, con fecha 17-2-2026, ha dictado la resolución 2026-0222, que literalmente
dice así:
“Antecedentes:
1. Con fecha 17/2/2026, el alcalde-presidente de este Ayuntamiento, D. Antonio Naranjo Martín, se encuentra en situación de baja médica por enfermedad derivada de intervención quirúrgica, con una duración estimada de 3 semanas, lo que imposibilita temporalmente el ejercicio ordinario de sus atribuciones.
D.a Tania Sánchez Martín, concejala de este Ayuntamiento, ostenta la condición de
primer teniente de alcalde en virtud de Decreto de Alcaldía anexo a este expediente, que se
encuentra vigente y determina el orden de sustitución.
2. Resulta necesario articular, con carácter inmediato y por el tiempo estrictamente
imprescindible, la sustitución temporal de la Alcaldía a fin de asegurar la continuidad en la
dirección del gobierno y la administración municipal, la firma de actos y resoluciones, así
como la adecuada tramitación de los expedientes municipales.
Fundamentos:
3. Corresponde a los tenientes de alcalde sustituir al alcalde, en la totalidad de sus
funciones y por el orden de su nombramiento, en los casos de ausencia, enfermedad o impedimento; y, en tales supuestos, las funciones del alcalde no podrán ser asumidas sin expresa delegación, con los requisitos reglamentarios, sin perjuicio de los supuestos excepcionales previstos para ausencias superiores a veinticuatro horas o imposibilidad imprevista
(Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, articulo 47).
La delegación de atribuciones debe realizarse mediante decreto de la Alcaldía, debe
darse cuenta al Pleno en la primera sesión que celebre, y las resoluciones que se adopten
por delegación han de indicar expresamente esta circunstancia, considerándose dictadas por
el órgano delegante a efectos de recursos.
Primero. Sustitución temporal.—Durante el período de baja médica por enfermedad
del alcalde-presidente D. Antonio Naranjo Martín, y desde el día 17/2/2026 hasta el
día 10/3/2026 o, en su caso, hasta su efectiva reincorporación, **se confiere delegación
expresa** a favor de D.a Tania Sánchez Martín, primer teniente de alcalde, para que **le
sustituya en la totalidad de sus funciones** y ejerza las atribuciones propias de la AlcaldíaPresidencia mientras subsista la causa que motiva la sustitución.
Segundo. Efectos.—La presente delegación/sustitución surtirá efectos desde el día
mismo día al de la firma de este decreto, y se mantendrá vigente mientras persista la situación de baja médica/impedimento médico indicado, quedando automáticamente sin efecto
en el momento de la reincorporación del alcalde o por revocación expresa.
Tercero. Forma de ejercicio y constancia en los actos.—En todas las resoluciones,
decretos, oficios y demás actos administrativos que se dicten en virtud de esta sustitución
deberá hacerse constar de forma expresa la circunstancia de su adopción **por sustitución/delegación de la Alcaldía**, indicándose el titular del órgano y la persona que ejerce
temporalmente sus funciones, considerándose en todo caso dictados por el órgano delegante a los efectos procedentes, incluidos los recursos.
Cuarto. Límites durante la sustitución.—La teniente de alcalde que asume temporalmente las funciones de Alcaldía, por razón de enfermedad, no podrá revocar las delegaciones que el Alcalde hubiera otorgado con anterioridad, manteniéndose el régimen de delegaciones vigente con la única finalidad de garantizar la continuidad del funcionamiento
municipal.
BOCM-20260302-50
Decreto
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