Información oficial del Boletín Oficial Comunidad Madrid en el día 02-03-2026

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Boletín Oficial Comunidad Madrid
02/03/2026

Daganzo de Arriba (BOCM-20260302-53)

Régimen económico. Padrones fiscales

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Contenido de la primera página

Régimen económico. Padrones fiscales
Página 1 del anuncio BOCM
Pág. 250

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 2 DE MARZO DE 2026

B.O.C.M. Núm. 51

III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
53

DAGANZO DE ARRIBA

Aprobado por resolución de Alcaldía, con fecha 18 de febrero de 2026, los siguientes
padrones fiscales para el 2026:
— Tasa sobre recogida domiciliaria de basuras o residuos sólidos urbanos 2026.
— Tasa por prestación del servicio de alcantarillado 1.er semestre 2026.
— Impuesto sobre vehículos de tracción mecánica 2026.
— Tasa por entradas de vehículos a través de las aceras y reservas de vía pública para
aparcamiento, carga y descarga de mercancías de cualquier clase 2026.
— Tasa por instalación de puestos de venta de productos diversos en el mercadillo semanal 1.er semestre 2026.
— Tasa por utilización privativa de huertos urbanos 2026.
— Tasa por instalación de mesas y sillas en la vía publica 2026.
— sobre bienes inmuebles urbana 2026.
— Impuesto sobre bienes inmuebles rústica 2026.
— Impuesto sobre bienes inmuebles características especiales 2026.
— Tasa por ocupación de terrenos con monoposte publicitario 2026.
— Tasa por prestación del servicio de alcantarillado 2.o semestre 2026.
— Tasa por instalación de puestos de venta de productos diversos en el mercadillo semanal 2.o 2026.
— Renta por coto privado de caza 2026.
— Renta de Almazanejo 2026.
— Renta Vega año 2026.
A efectos tanto de su notificación colectiva, en los términos que se deducen del artículo 102.3 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, como de la sumisión
de los mismos a trámite de información pública, por medio del presente anuncio, se exponen
al público en el Ayuntamiento de Daganzo, Servicio de Recaudación en horario de lunes a
viernes de ocho a quince horas, durante el plazo de quince días hábiles, a fin de que quienes se estimen interesados puedan formular cuantas observaciones, alegaciones o reclamaciones, por convenientes, tengan.
Contra el acto de inclusión o exclusión del censo o de variación de los datos contenidos en el mismo podrá interponerse ante este Ayuntamiento Recurso de Reposición en el
plazo de un mes a partir del día siguiente a la finalización de la exposición pública, previo
al Contencioso Administrativo ante la Sala de lo contencioso-administrativo del Tribunal
Superior de Justicia de Madrid en el plazo de dos meses a partir del día siguiente al de la
notificación de la desestimación del recurso de reposición si es expresa o seis meses si es
presunta.
Anuncio de cobranza.
El período de pago voluntario de estos padrones relativos a tasas, precios públicos y otros
ingresos se iniciará del 17 de marzo al 19 de mayo de 2026, ambos inclusive, y del 17 de
septiembre al 19 de noviembre de 2026, ambos inclusive, pudiéndose hacer efectivo el ingreso en las siguientes entidades colaboradoras en la gestión recaudatoria de este Ayuntamiento: Ibercaja, Caixabank y Banco Popular, mediante la presentación del documento
cobratorio, en los días y horas de caja.
Los contribuyentes podrán hacer uso de la domiciliación del pago en cuentas abiertas
en entidades de crédito. Con el objeto de facilitar el cumplimiento de la obligación tributaria, se establece un sistema especial de pago de las cuotas por recibo, que fraccionara la deuda. Los pagos domiciliados disfrutarán de una bonificación del 3%. Los recibos domiciliados correspondientes al sistema especial de pago se pasarán a cobro: 19 de cada mes. Los
recibos domiciliados correspondientes a un único pago se pasarán al cobro el día 19 de
mayo y 19 de noviembre de 2026.

BOCM-20260302-53

RÉGIMEN ECONÓMICO

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Régimen económico. Padrones fiscales

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