Información oficial del Boletín Oficial Comunidad Madrid en el día 06-03-2026
Buitrago del Lozoya (BOCM-20260306-39)
Urbanismo. Normas subsidiarias
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Urbanismo. Normas subsidiariasBOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
B.O.C.M. Núm. 55
VIERNES 6 DE MARZO DE 2026
Pág. 195
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
39
BUITRAGO DEL LOZOYA
URBANISMO
En el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 35, de 11 de febrero
de 2026, se publicó el anuncio conteniendo la publicación íntegra del articulado de la normativa y demás documentación de la “Modificación Puntual de las Normas Subsidiarias de
ámbito municipal de Buitrago del Lozoya (Madrid), con el fin de adecuar las condiciones
urbanísticas del Matadero Frigorífico Comarcal de Buitrago a su condición de equipamiento de interés social”, aprobada con carácter definitivo mediante la Orden 878/2025, de 7 de
marzo de 2025, de la Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior de la Comunidad de Madrid y, todo ello, con arreglo a lo dispuesto en el artículo 64 de la Ley 9/2001,
de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid, puesto en relación con el artículo 70.2 de
la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, en orden a su entrada en vigor, la cual se produce en el plazo previsto en el artículo 65.2 de la Ley 7/1985,
de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local.
Habiéndose detectado en la referida publicación la omisión involuntaria de normativa
incluida en la mencionada Modificación Puntual de Planeamiento General, se procede a
continuación a su publicación, en base a lo dispuesto en el artículo 109.2 de la Ley 39/2015,
de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
BLOQUE III - DOCUMENTACIÓN NORMATIVA
III-2.2 ANEXO NORMATIVO DE ORDENACIÓN PORMENORIZADA
1.
DISPOSICIONES GENERALES
1.1
CARÁCTER DE LA NORMATIVA
1.1.1 OBJETO Y ALCANCE
El objeto de la presente Anexo Normativo es definir las determinaciones de Ordenación
Pormenorizada aplicables sobre la parcela que la presente Modificación Puntual de NNSS define
como elemento de la Red Pública Supramunicipal de Equipamientos para el matadero Comarcal
de Buitrago del Lozoya.
Las determinaciones incluyen:
1. La regulación del tipo de obras admisibles y las condiciones que deben cumplir las
edificaciones, las construcciones en general, las instalaciones y las urbanizaciones
(art. 35.4-c LSCM).
2. El régimen normativo de usos pormenorizados e intervenciones admisibles y prohibidas,
así como las condiciones que deben cumplir para ser autorizadas (art. 35.4-d LSCM).
El ámbito de aplicación de la presente Normativa Urbanística se delimita en los planos de
información y ordenación de la Modificación Puntual.
1.2
APLICACIÓN DE LA NORMATIVA
1.2.1 VIGENCIA
La presente Modificación Puntual entrará en vigor tras la publicación en el BOCM de su acuerdo
de aprobación definitiva en los términos del artículo 66.1 LSCM.
BOCM-20260306-39
1.1.2 ÁMBITO DE APLICACIÓN
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