Información oficial del Boletín Oficial Comunidad Madrid en el día 07-03-2026

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Boletín Oficial Comunidad Madrid
07/03/2026

D) Anuncios - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO (BOCM-20260307-9)

Convenio – Convenio de 26 de enero de 2026, entre la Comunidad de Madrid y el Ayuntamiento de Torrelodones, para impulsar la tramitación de proyectos de inversiones a través de la aceleradora de inversiones de la Comunidad de Madrid

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Convenio – Convenio de 26 de enero de 2026, entre la Comunidad de Madrid y el Ayuntamiento de Torrelodones, para impulsar la tramitación de proyectos de inversiones a través de la aceleradora de inversiones de la Comunidad de Madrid
Página 1 del anuncio BOCM
B.O.C.M. Núm. 56

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
SÁBADO 7 DE MARZO DE 2026

Pág. 69

I. COMUNIDAD DE MADRID

D) Anuncios
Consejería de Economía, Hacienda y Empleo
9

CONVENIO de 26 de enero de 2026, entre la Comunidad de Madrid y el Ayuntamiento de Torrelodones, para impulsar la tramitación de proyectos de inversiones a través de la aceleradora de inversiones de la Comunidad de Madrid.
REUNIDOS

De una parte, doña María del Carmen Tejera Gimeno, Viceconsejera de Economía y
Empleo nombrada por Decreto 49/2025, de 9 de julio, del Consejo de Gobierno, en el ejercicio de las competencias recogidas en la Orden de 17 de abril de 2024, de la Consejería de
Economía, Hacienda y Empleo, por la que se delega el ejercicio de determinadas competencias, y se desconcentra el protectorado de fundaciones, en relación con el Decreto 44/2025,
de 9 de julio, del Consejo de Gobierno, por el que se modifica el Decreto 230/2023, de 6 de
septiembre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la
Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, y el Decreto 48/2019, de 10 de junio, del Consejo de Gobierno por el que se regula la actividad convencional de la Comunidad de Madrid.
De otra parte, doña Almudena Negro Konrad, en su calidad de Alcaldesa del Excmo.
Ayuntamiento de Torrelodones, en adelante Ayuntamiento, actuando en cumplimiento de
las facultades que le otorga el artículo 21.1 apartado b), de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, las cuales le han sido encomendadas a tenor de
su elección en sesión constitutiva celebrada por el Pleno del Ayuntamiento el día 17 de junio de 2023.
Reconociéndose recíprocamente la capacidad legal necesaria para el otorgamiento del
presente convenio, en uso de las competencias que ambas partes tienen otorgadas,
EXPONEN
Primero
La Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, de
conformidad con lo dispuesto por la Ley Orgánica 3/1983, de 25 de febrero, por la que se
aprueba su Estatuto de Autonomía, tiene atribuidas competencias exclusivas, entre otras materias, de fomento del desarrollo económico dentro de los objetivos de la política económica nacional y de ordenación y planificación de la actividad económica regional, de acuerdo con las
bases y la ordenación de la actividad económica general y la política monetaria del Estado.
Entre los objetivos del gobierno regional de la Comunidad de Madrid se encuentra la
adopción y el desarrollo de políticas que dinamicen la economía, mejoren la regulación y
el clima de negocios y favorezcan el desarrollo de nuevos proyectos de inversión tanto nacionales como extranjeros.
Además, la Ley 2/2003, de 11 de marzo, de Administración Local de la Comunidad de
Madrid, reconoce en su título V las relaciones interadministrativas, haciendo especial referencia a este tipo de convenios en su artículo 135, facultando así a los Ayuntamientos a su
celebración.

El Ayuntamiento de Torrelodones, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 25.1 de
la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local, para la gestión de sus
intereses y en el ámbito de sus competencias, puede promover actividades y prestar los servicios
públicos que contribuyan a satisfacer las necesidades y aspiraciones de la comunidad vecinal.
En los mismos términos se pronuncia el artículo 8 de la Ley 2/2003, de 11 de marzo, de Administración Local de la Comunidad de Madrid. Según el artículo 25.2 a) de la Ley 7/1985 y la
legislación sectorial, corresponde al Ayuntamiento la competencia en materia de disciplina urbanística y control de actividades, lo cual tiene incidencia directa en la implantación de proyectos de inversión.

BOCM-20260307-9

Segundo

Otra información oficial del Boletín Oficial Comunidad Madrid del día 07-03-2026

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