Información oficial del Boletín Oficial Comunidad Madrid en el día 20-03-2026
Coslada (BOCM-20260320-61)
Régimen económico. Matrícula impuestos
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Régimen económico. Matrícula impuestosPág. 198
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 20 DE MARZO DE 2026
B.O.C.M. Núm. 67
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
61
COSLADA
RÉGIMEN ECONÓMICO
BOCM-20260320-61
Exposición al público de la matrícula del impuesto sobre actividades económicas, ejercicio 2026.—N.o expediente: 2026/177.
La Alcaldía-Presidencia por Decreto 2026/994, de 10/3/2026, ha resuelto:
Primero.—Aprobar la formación de la matrícula del impuesto sobre actividades económicas, cuotas municipales, correspondiente al ejercicio 2026.
Segundo.—Ordenar que se ponga a disposición del público, desde el 1 al 15 de abril,
la matrícula del impuesto sobre actividades económicas, cuotas municipales y nacionales,
correspondiente al ejercicio 2026, con indicación de los recursos procedentes.
Recursos:
De acuerdo con lo previsto en el artículo 40 y siguientes y en la disposición adicional
primera de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas, en los artículos 14 y 91.4 del Real Decreto Legislativo 2/2004,
de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, y en los artículos 222, 223 y 235 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria y en el artículo 4 del RD 243/1995, contra el acto de inclusión o exclusión
en la matrícula del impuesto sobre actividades económicas o de variación de los datos contenidos en la misma, se podrán interponer los siguientes recursos
— Cuotas municipales: Recurso de reposición ante el órgano municipal que dictó la
resolución, en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al de finalización del
periodo de exposición pública de la matrícula. Transcurrido un mes desde la interposición del recurso sin que haya recaído resolución podrá entenderse desestimado.
Contra la denegación expresa o tácita del recurso de reposición se podrá interponer
recurso económico-administrativo, en el plazo de un mes, ante el Tribunal Económico Administrativo Regional.
— Cuotas nacionales: Recurso de reposición potestativo ante el Jefe de la Dependencia de Gestión o el Administrador que dictó el acto, en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al de finalización del periodo de exposición pública de la
matrícula, o reclamación ante el Tribunal Económico Administrativo Regional en
el mismo plazo, sin que puedan interponerse simultáneamente ambos recursos.
Coslada, a 11 de marzo de 2026.—El alcalde-presidente, Ángel Viveros Gutiérrez.
(01/3.847/26)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
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