Información oficial del Boletín Oficial Comunidad Madrid en el día 24-03-2026
Valdemoro (BOCM-20260324-76)
Organización y funcionamiento. Ordenanza plazas aparcamiento
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Organización y funcionamiento. Ordenanza plazas aparcamientoB.O.C.M. Núm. 70
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 24 DE MARZO DE 2026
Pág. 259
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
76
VALDEMORO
ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO
BOCM-20260324-76
El Pleno del Ayuntamiento de Valdemoro, en sesión extraordinaria celebrada el 12 de
marzo de 2026, aprobó por mayoría de los 24 miembros presentes, el siguiente acuerdo:
Primero.—Aprobar inicialmente la ordenanza urbanística reguladora de las plazas de
aparcamiento en suelo urbano del municipio de Valdemoro, atendiendo a los informes emitidos: Informe Técnico del jefe de los Servicios Técnicos con CV: S3UCS-QEGFS-MHORY
de 17/12/2025, Informe Técnico de Policía Local con CV: DVRI5-O1GN9-IFWQW de
fecha 17/12/2025, Informe Técnico de Valoración con CV: Q7VEP-LEVEM-XNL6T
y fecha 21/1/2026, así como Informe de la Secretaría General con código de validación 41LKS-JWF7V-OANT1, de fecha 20 de febrero de 2026.
Segundo.—Someter la ordenanza a información pública por un período de 30 días hábiles, mediante su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, en
el tablón de anuncios del Ayuntamiento, en la página web del Ayuntamiento y en un periódico de gran circulación, para la presentación de alegaciones, sugerencias o reclamaciones
por parte de los interesados.
Tercero.—Transcurrido dicho período, se procederá a su aprobación definitiva por el
Pleno, una vez estudiadas las alegaciones que, en su caso, se presenten.
Cuarto.—En el supuesto de que no se presenten reclamaciones en relación con la aprobación inicial de la ordenanza urbanística reguladora de las plazas de aparcamiento en suelo urbano del municipio de Valdemoro, se entenderá definitivamente adoptado el acuerdo
hasta entonces provisional, debiéndose por la Secretaría General expedir la certificación
que acredite la elevación a definitiva de la aprobación inicial.
Quinto.—El acuerdo de aprobación definitiva, con el texto íntegro y en el cumplimiento previo de la comunicación a la Comunidad de Madrid, deberá publicarse para su general
conocimiento en el tablón de anuncios del Ayuntamiento, en la página web del Ayuntamiento y en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, tal y como dispone el
artículo 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local y
no entrará en vigor hasta transcurrido el plazo establecido en el artículo 65.2 de la citada Ley.
Sexto.—En cumplimiento del artículo 32.2 de la Ley 9/2001, del Suelo de la Comunidad de Madrid y del artículo 56.1 de la Ley 7/1985, Reguladora de las Bases de Régimen
Local, remitir a la Administración del Estado y la Comunidad de Madrid, copia del acuerdo
adoptado.
Séptimo.—Facultar al alcalde-presidente para dictar, suscribir y firmar toda clase de
actos y documentos relacionados con el asunto.
En Valdemoro, a 13 de marzo de 2026.—El alcalde, David Conde Rodríguez.
(03/4.063/26)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
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