Información oficial del Boletín Oficial Comunidad Madrid en el día 28-03-2026
D) Anuncios - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO (BOCM-20260328-3)
Convenio – Adenda segunda de 16 de diciembre de 2025, de prórroga del convenio de colaboración suscrito el 26 de febrero de 2021 entre la Consejería de Hacienda y Función Pública de la Comunidad de Madrid y Caixabank, S. A., para la recaudación de ingresos y pagos, grupos 1 y 2, de la Comunidad de Madrid
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Convenio – Adenda segunda de 16 de diciembre de 2025, de prórroga del convenio de colaboración suscrito el 26 de febrero de 2021 entre la Consejería de Hacienda y Función Pública de la Comunidad de Madrid y Caixabank, S. A., para la recaudación de ingresos y pagos, grupos 1 y 2, de la Comunidad de MadridPág. 24
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
SÁBADO 28 DE MARZO DE 2026
B.O.C.M. Núm. 74
I. COMUNIDAD DE MADRID
D) Anuncios
Consejería de Economía, Hacienda y Empleo
3
ADENDA segunda de 16 de diciembre de 2025, de prórroga del convenio de
colaboración suscrito el 26 de febrero de 2021 entre la Consejería de Hacienda y Función Pública de la Comunidad de Madrid y Caixabank, S. A., para
la recaudación de ingresos y pagos, grupos 1 y 2, de la Comunidad de Madrid.
De una parte, la Comunidad de Madrid, con domicilio en Madrid, calle Manuel Cortina,
número 2, con CIF S7800001E, representada en este acto por D. Rodrigo Robledo Tobar, cuyos datos personales no se consignan en virtud de su cargo oficial, en su calidad de Director General de Política Financiera y Tesorería, cargo para el que fue nombrado en virtud
del Decreto 168/2019, de 3 de septiembre, del Consejo de Gobierno, estando facultado para
este acto por el apartado octavo.2.h) de la Orden de 17 de abril de 2024, de la Consejería
de Economía, Hacienda y Empleo, por la que se delega el ejercicio de determinadas competencias y se desconcentra el Protectorado de Fundaciones (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 108, de 7 de mayo de 2024).
Y de otra parte, Caixabank, S. A., con domicilio social en Valencia, calle Pintor
Sorolla, número 2-4, C. P. 46002, con CIF A-08663619, representada en este acto por
D. Francisco Costa Ferrer con NIF ***4826**, en virtud de escritura de poder autorizada por la Notaria del Ilustre Colegio de Notarios de Cataluña, D.a María Dolores Giménez Arbona, con fecha 29 de mayo de 2023 y n.o de protocolo 1.071; y por D. Juan Antonio
Peña Peña, con NIF ***9795**, en virtud de escritura de poder autorizada por la misma Notaria, con fecha 27 de junio de 2023 y n.o de protocolo 1.349,
I. Por Orden de la Consejería de Hacienda y Función Pública, de 1 de diciembre de 2020
(rectificación de errores por Orden de 29 de diciembre), se aprobaron las bases generales del
procedimiento de selección de entidades de crédito colaboradoras en la prestación de los servicios de tesorería, financiación y recaudación de la Comunidad de Madrid, iniciándose el proceso de selección de las mismas.
II. Finalizado dicho proceso, de conformidad con las citadas bases, fueron seleccionadas las entidades colaboradoras en la recaudación de ingresos de la Comunidad de
Madrid, entre ellas, la entidad Caixabank, S. A.; asimismo, también se adjudicó a esta entidad la colaboración en la prestación del servicio de recaudación y pagos, todo ello en los
términos definidos en la base primera de las bases generales. A tales fines, las partes suscribieron el 26 de febrero de 2021 el correspondiente convenio de colaboración para la recaudación de ingresos y pagos, grupos 1 y 2, de la Comunidad de Madrid.
III. La cláusula quinta del convenio establece que su vigencia se extenderá desde el 1 de
marzo de 2021 hasta el día 28 de febrero de 2025, ambos inclusive. Conforme dispone dicha
cláusula, la vigencia del convenio podrá prorrogarse por mutuo acuerdo de las partes de forma
semestral, anual o bianual hasta un máximo de dos años. El acuerdo de prórroga se materializará antes de la finalización de su vigencia inicial o prorrogada e implicará la continuidad en
la prestación de los servicios por la entidad en las mismas condiciones jurídicas y económicas
iniciales. No obstante, de acuerdo con la base quinta de las bases generales del procedimiento
de selección, la prórroga del convenio se supedita a que se prorrogue el convenio suscrito por
las entidades colaboradoras adjudicatarias del servicio de recaudación y pagos.
Al amparo de esta previsión, mediante Adenda de 29 de enero de 2025, se acordó la
prórroga del mencionado convenio de colaboración, extendiendo su vigencia desde el 1 de
marzo de 2025 hasta el 28 de febrero de 2026, ambos inclusive, con la continuidad en la
prestación de los servicios por parte de Caixabank, S. A., en las mismas condiciones jurídicas y económicas.
En el momento presente, tanto la Comunidad de Madrid como Caixabank, S. A. están
de acuerdo en suscribir una segunda prórroga, a fin de prolongar la duración del convenio
por un año más, hasta alcanzar el máximo de dos años de ampliación de vigencia.
BOCM-20260328-3
EXPONEN
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