Información oficial del Boletín Oficial Comunidad Madrid en el día 11-04-2026
D) Anuncios - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO (BOCM-20260411-9)
Convenio – Convenio de 20 de marzo de 2026, entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo y la agencia de colocación de Móstoles Desarrollo Promoción Económica, S. A., para la información, orientación y apoyo en la inscripción en el procedimiento de acreditación de competencias profesionales adquiridas a través de la experiencia laboral u otras vías no formales e informales en el ámbito de la Comunidad de Madrid en el marco del componente 20 “Plan Estratégico de Impulso de la Formación Profesional”, del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (financiado por la Unión Europea) NextGenerationEU
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Convenio – Convenio de 20 de marzo de 2026, entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo y la agencia de colocación de Móstoles Desarrollo Promoción Económica, S. A., para la información, orientación y apoyo en la inscripción en el procedimiento de acreditación de competencias profesionales adquiridas a través de la experiencia laboral u otras vías no formales e informales en el ámbito de la Comunidad de Madrid en el marco del componente 20 “Plan Estratégico de Impulso de la Formación Profesional”, del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (financiado por la Unión Europea) NextGenerationEUPág. 70
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
SÁBADO 11 DE ABRIL DE 2026
B.O.C.M. Núm. 85
I. COMUNIDAD DE MADRID
D) Anuncios
Consejería de Economía, Hacienda y Empleo
9
CONVENIO de 20 de marzo de 2026, entre la Comunidad de Madrid, a través de la
Consejería de Economía, Hacienda y Empleo y la agencia de colocación de Móstoles
Desarrollo Promoción Económica, S. A., para la información, orientación y apoyo en
la inscripción en el procedimiento de acreditación de competencias profesionales adquiridas a través de la experiencia laboral u otras vías no formales e informales en el
ámbito de la Comunidad de Madrid en el marco del componente 20 “Plan Estratégico de Impulso de la Formación Profesional”, del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (financiado por la Unión Europea) NextGenerationEU.
REUNIDOS
De una parte, Dña. María del Carmen Tejera Gimeno, Viceconsejera de Economía y Empleo nombrada por Decreto 49/2025, de 9 de julio, del Consejo de Gobierno, en el ejercicio
de las competencias recogidas en la Orden de 17 de abril de 2024, de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, por la que se delega el ejercicio de determinadas competencias, y
se desconcentra el protectorado de fundaciones, en relación con el Decreto 230/2023, de 6 de
septiembre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, y el Decreto 48/2019, de 10 de junio, del Consejo
de Gobierno por el que se regula la actividad convencional de la Comunidad de Madrid.
Y, de otra parte, D.a Ángeles García González, Consejera-Delegada de Móstoles Desarrollo Promoción Económica, S. A., Agencia de Colocación ID-1300000013, con domicilio en Móstoles, calle Pintor Velázquez, número 68, con CIF: A-78300001, con todas las
facultades del Consejo de Administración, por acuerdo de dicho órgano de fecha 21 de julio de 2.023, elevado a público mediante escritura autorizada por el notario de Móstoles,
Pablo Bermúdez Nadales, el 24 de julio de 2023, número 2909 de protocolo, en adelante
Móstoles Desarrollo.
Actuando las partes en el ejercicio de sus respectivos cargos y reconociéndose mutuamente su capacidad legal y competencia para formalizar el presente convenio,
1. La Ley Orgánica 3/2022, de 31 de marzo, de ordenación e integración de la Formación Profesional, señala que en nuestro país hay personas que disponen de conocimientos y
habilidades profesionales por haberlas adquirido a través de la experiencia laboral, pero, sin
embargo, no tienen una forma fácil y eficaz de reconocer y certificar esos conocimientos. El
modelo diseñado en la nueva ley integra, junto a las ofertas de formación profesional, la
orientación profesional y la acreditación de competencias adquiridas por experiencia laboral
u otras vías no formales o informales, como piedras angulares del nuevo sistema.
En cumplimiento del anterior precepto, el artículo 175.1 del Real Decreto 659/2023,
de 18 de julio, por el que se desarrolla la ordenación del Sistema de Formación Profesional,
establece que el procedimiento de acreditación de las competencias profesionales es un procedimiento administrativo abierto de forma permanente.
El artículo 57 del Decreto 27/2025, de 21 de mayo, del Consejo de Gobierno, por el
que se regula la ordenación y organización del Sistema de Formación Profesional de la Comunidad de Madrid, establece que el procedimiento de acreditación de las competencias
profesionales adquiridas por experiencia laboral u otras vías no formales o informales, es
un procedimiento administrativo abierto de forma permanente en la Comunidad de Madrid,
para las personas sin acreditación que quieran validar sus competencias, teniendo como referente el Catálogo Nacional de Estándares de Competencias Profesionales.
La Comunidad de Madrid mediante la Orden de 25 de junio de 2021, de la Consejería
de Economía, Hacienda y Empleo, y mediante la Orden de 15 de mayo de 2022, también
de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, ya dispone de convocatoria abierta y
permanente de participación en el procedimiento de evaluación y acreditación de compe-
BOCM-20260411-9
EXPONEN
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