Información oficial del Boletín Oficial Comunidad Madrid en el día 13-04-2026
Cobeña (BOCM-20260413-52)
Organización y funcionamiento. Reglamento Régimen Interior Cementerio
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Organización y funcionamiento. Reglamento Régimen Interior CementerioBOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
B.O.C.M. Núm. 86
LUNES 13 DE ABRIL DE 2026
Pág. 223
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
52
COBEÑA
ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO
Acuerdo del Pleno de fecha 29 de enero de 2026 del Ayuntamiento de Cobeña por
el que se aprueba definitivamente el Reglamento de Régimen Interior del Cementerio
Municipal de Cobeña.
Al no haberse presentado reclamaciones durante el plazo de exposición al público,
queda automáticamente elevado a definitivo el Acuerdo plenario inicial aprobatorio del Reglamento de Régimen Interior del Cementerio Municipal de Cobeña, cuyo texto íntegro se
hace público, para su general conocimiento y en cumplimiento de lo previsto en el artículo 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, de Bases del Régimen Local.
“REGLAMENTO DE RÉGIMEN INTERIOR DEL CEMENTERIO
MUNICIPAL DE COBEÑA (MADRID)
CAPÍTULO I
DISPOSICIONES GENERALES
Artículo 1. Conforme a lo previsto en el vigente Reglamento de Policía Sanitaria Mortuoria de la
Comunidad de Madrid, aprobado por Decreto 124/1997, de 9 de octubre, el presente Reglamento
tiene por objeto la regulación de los servicios generales del Cementerio Municipal de Cobeña, así
como la forma de prestación del Servicio del Cementerio, adjudicación de unidades de enterramiento en sus distintas formas, mantenimiento de las instalaciones y servicios generales, seguridad y ejecución de obras. En todo lo no previsto en el presente Reglamento se estará a lo dispuesto en el de Policía Sanitaria Mortuoria de la Comunidad de Madrid.
Art. 2. El Ayuntamiento de Cobeña podrá ejercer sus competencias mediante alguna de las fórmulas de gestión directa o indirecta prevista para estos servicios, según lo dispuesto en los artículos
55, 95 y 111 del Real Decreto 781/1986, artículo 85, de la Ley Reguladora de las Bases de Régimen Local, y los artículos 5.a), 7 y 11 del Reglamento de Servicios de las Corporaciones Locales, y
demás normativa de general aplicación.
Art. 3. Corresponde al Ayuntamiento de Cobeña, directa o indirectamente, según lo previsto en el
artículo anterior:
a) En general:
— La organización, conservación y acondicionamiento del Cementerio, así como de las construcciones funerarias, de sus servicios e instalaciones.
— El otorgamiento de las concesiones de unidades de enterramiento y el reconocimiento de
los derechos funerarios de cualquier clase.
— La percepción de los derechos y tasas que se establezcan legalmente.
— El cumplimiento de las medidas sanitarias e higiénicas dictadas o que se dicten en el futuro.
— La asignación de sepulturas, nichos y columbarios, mediante la expedición de la correspondiente Resolución.
— La inhumación de cadáveres y restos.
— La exhumación de cadáveres y restos.
— El traslado de cadáveres y restos.
— La reducción de restos.
BOCM-20260413-52
b) En particular:
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