Información oficial del Boletín Oficial Comunidad Madrid en el día 07-05-2026

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Boletín Oficial Comunidad Madrid
07/05/2026

Guadarrama (BOCM-20260507-58)

Régimen económico. Padrones fiscales

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Régimen económico. Padrones fiscales
Página 1 del anuncio BOCM
Pág. 242

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 7 DE MAYO DE 2026

B.O.C.M. Núm. 107

III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
58

GUADARRAMA
RÉGIMEN ECONÓMICO

BOCM-20260507-58

Por decreto de Alcaldía y acuerdo de la Junta de Gobierno Local, han sido aprobados
los siguientes padrones fiscales correspondientes al ejercicio 2026:
— Impuesto sobre vehículos de tracción mecánica.
— Tasa por aprovechamiento especial del dominio público municipal por entrada de
vehículos a través de las aceras (vados).
— Tasa de servicio de recogida de basura.
Los citados padrones se someten a información pública durante 20 días contados a partir del siguiente a la fecha de inserción de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, pudiendo los interesados examinarlos y presentar las reclamaciones
que estimen oportunas.
Al amparo de lo previsto en el artículo 14.2 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de
marzo, texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, contra la exposición
del padrón y las liquidaciones contenidas en los mismos los interesados podrán interponer recurso de reposición previo a contencioso administrativo en el plazo de un mes, a contar desde la fecha de finalización del período de la exposición al público del padrón.
La interposición de recurso o presentación de instancia, en su caso, no detendrá la acción
administrativa de la cobranza, a no ser que se solicite la suspensión del acto impugnado, previo depósito de fianza o aval en la Tesorería Municipal, por el importe del recibo recurrido. No
obstante, cuando en el recurso o instancia se acredite debidamente el error material o de hecho
no será necesario la presentación de aval o fianza para la solicitud de la suspensión.
El cobro en período voluntario, cumpliendo lo establecido en los artículos 23 y 24 del Real
Decreto 939/2005, de 29 de julio, Reglamento General de Recaudación, y artículo 12.2 del
Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, texto refundido de la Ley Reguladora de las
Haciendas Locales, será desde el día 15 de mayo hasta el 15 de julio de 2026, cargándose en
cuenta de los domiciliados el 1 de julio de 2026, y se podrá realizar en las entidades bancarias
colaboradoras y en Internet a través de la pasarela de pagos en www.guadarrama.es
El vencimiento del plazo de ingreso en período voluntario sin haber sido satisfecha la
deuda determinará el inicio del período ejecutivo, con el consiguiente recargo de apremio
e intereses de demora, de acuerdo con los dispuesto en la Ley 58/2003, de 17 de diciembre,
General Tributaria.
El presente anuncio tiene el carácter de notificación colectiva a todos los interesados,
de conformidad con lo establecido en el artículo 102.3 de la Ley General Tributaria.
Lo que se hace público en cumplimiento de la legislación vigente y para general conocimiento.
Guadarrama, a 4 de mayo de 2026.—El alcalde, Diosdado Soto Pérez.
(01/7.090/26)

http://www.bocm.es

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

D. L.: M. 19.462-1983

ISSN 1989-4791

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