Información oficial del Boletín Oficial Comunidad Madrid en el día 19-05-2026
Madrid (BOCM-20260519-72)
Organización y funcionamiento. Área de Gobierno de Vicealcaldía, Portavoz, Seguridad y Emergencias. Delegación funciones
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Organización y funcionamiento. Área de Gobierno de Vicealcaldía, Portavoz, Seguridad y Emergencias. Delegación funcionesPág. 434
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 19 DE MAYO DE 2026
B.O.C.M. Núm. 117
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
72
MADRID
ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO
El apartado 19.o1.4.c) del Acuerdo de 29 de junio de 2023, de la Junta de Gobierno de
la Ciudad de Madrid, de organización y competencias del Área de Gobierno de Urbanismo,
Medio Ambiente y Movilidad, confiere a la Dirección General de Gestión del Agua y Zonas Verdes las competencias para gestionar, mantener, conservar y explotar las infraestructuras y equipamientos ambientales del área relativos a los espacios verdes, sin perjuicio de
las competencias atribuidas a los distritos.
En el marco de dicho ámbito competencial del Área de Gobierno de Urbanismo, Medio Ambiente y Movilidad, la Dirección General de Gestión del Agua y Zonas Verdes,
como órgano responsable de la conservación integral del parque del Retiro, desarrolla, entre otras, sus labores en las dependencias municipales de los viveros municipales a través
de la Subdirección General de Parques y Viveros.
El edificio de oficinas de los Viveros de Estufas del Retiro presenta en su cubierta problemas de impermeabilización que provoca goteras y humedades, lo que hace imprescindible la intervención urgente para la reparación de dicha cubierta mediante la renovación de
tejas, impermeabilización y aislamiento térmico.
Conforme a lo dispuesto en el apartado 7.o 10.2.a) del Acuerdo de 29 de junio de 2023
de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, de organización y competencias del Área
de Gobierno de Urbanismo, Medio Ambiente y Movilidad, corresponde a su Secretaría General Técnica gestionar el mantenimiento de los edificios adscritos al área de gobierno y al
área delegada, sin perjuicio de las competencias de las direcciones generales, respecto de
los inmuebles en que se ubiquen los servicios a su cargo.
No obstante, de conformidad con lo establecido en el artículo 10.1 de la Ley 40/2015, de 1
de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, existen razones de índole social, técnica y
económica que aconsejan que, de forma puntual, las actuaciones proyectadas se contraten y
ejecuten en su totalidad por la Dirección General de Gestión del Agua y Zonas Verdes.
Dichas razones se justifican, desde el punto de vista social, en la unificación del órgano gestor de la actuación, al encontrarse ubicada dentro del parque del Retiro que se gestiona de forma integral por la citada dirección general.
Desde el punto de vista técnico, la avocación se justifica en posibilitar la intervención
de los propios técnicos municipales que pertenecen a la citada dirección general pudiendo
realizar el seguimiento y control de los trabajos de forma más simple y directa.
Finalmente, desde el punto de vista económico, la Dirección General de Gestión del
Agua y Zonas Verdes, como órgano que recibe la competencia avocada, dispone de los recursos económicos suficientes para su ejecución, al encontrarse el crédito necesario consignado en el presupuesto de 2026. Además, cuenta con suficiencia de medios para desarrollar
la competencia enunciada, realizando con sus recursos ordinarios personales, materiales,
económicos y técnicos las actuaciones especificadas.
Para que las actuaciones se realicen por la Dirección General de Gestión del Agua y
Zonas Verdes, resulta necesario que la Junta de Gobierno, conforme a lo dispuesto en el artículo 10 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, avoque la competencia previamente delegada
en la Secretaría General Técnica de Urbanismo, Medio Ambiente y Movilidad, anteriormente indicada, y que dicha competencia sea posteriormente delegada en la Dirección General de Gestión del Agua y Zonas Verdes, única y exclusivamente en lo referente a la tramitación y ejecución de un contrato menor para la ejecución de las obras descritas.
En su virtud, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 17.1 e) y 17.2 de la
Ley 22/2006, de 4 de julio, de Capitalidad y de Régimen Especial de Madrid, a propuesta
del titular del Área de Gobierno de Urbanismo, Medio Ambiente y Movilidad y previa deliberación, la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, en su sesión de 7 de mayo de 2026
BOCM-20260519-72
Área de Gobierno de Vicealcaldía, Portavoz, Seguridad y Emergencias
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