Información oficial del Boletín Oficial Comunidad Madrid en el día 21-05-2026
Arroyomolinos (BOCM-20260521-51)
Organización y funcionamiento. Encomienda gestión
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Organización y funcionamiento. Encomienda gestiónPág. 178
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 21 DE MAYO DE 2026
B.O.C.M. Núm. 119
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
51
ARROYOMOLINOS
ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO
A los efectos del artículo 8.1.b) de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia,
acceso a la información pública y buen gobierno en concordancia con el artículo 11.3 de la
Ley 40/2005, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, se hace público que
el Ayuntamiento Pleno en sesión ordinaria celebrada el pasado día 30 de abril de 2026 adoptó, entre otros, el siguiente acuerdo que en su parte dispositiva dice:
Primero.—Aprobar el convenio de colaboración para la encomienda de gestión entre
el Ayuntamiento de Arroyomolinos y la Mancomunidad de Servicios del Suroeste de
Madrid para la planificación, organización, gestión y ejecución del servicio de campamentos urbanos correspondientes al verano de 2026.
Segundo.—Autorizar la firma del citado convenio por el órgano competente.
Tercero.—Proceder a su publicación y a cuantos trámites sean necesarios para su plena eficacia.
Contra este acuerdo, que pone fin a la vía administrativa, puede interponer alternativamente o recurso potestativo de reposición, en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente al de esta publicación, de conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015,
de 1 octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o
recurso contencioso-administrativo, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo que
corresponda en su caso, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de esta
publicación, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Si se optara por interponer el recurso de reposición,
no podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación por silencio. Todo ello sin perjuicio de que
pueda ejercitar cualquier otro recurso que estime pertinente.
En relación a la firma del convenio de colaboración para la encomienda de gestión entre el Ayuntamiento de Arroyomolinos y la Mancomunidad del Suroeste de Madrid para la
planificación, organización, gestión y ejecución del servicio de campamentos urbanos correspondientes al verano de 2026, se anexa el convenio íntegro para su publicación una vez
firmado por ambas partes el 8 de mayo de 2026, en cumplimiento del artículo 23.2 de la
Ley 10/2019, de 10 de abril, de Transparencia y de Participación Ciudadana de la Comunidad de Madrid:
CONVENIO DE COLABORACION PARA LA ENCOMIENDA DE GESTION
MANCOMUNIDAD DE SERVICIOS DEL SUROESTE DE MADRID
Y AYUNTAMIENTO DE ARROYOMOLINOS CON MOTIVO
DE LOS CAMPAMENTOS URBANOS CORRESPONDIENTES
AL PERIODO ESTIVAL DEL VERANO DE 2026
Comparecencia con firma electrónica a la fecha de la firma.
De una parte, el Ilmo. S. don José María Porras Agenjo, Presidente de la Mancomunidad
de Servicios del Suroeste de Madrid (Madrid), en nombre y representación de la citada entidad, en virtud de su cargo y de las facultades que le confiere la legislación vigente al respecto.
Y de otra, el Ilmo. S. don Luis Quiroga Toledo, Alcalde de Arroyomolinos (Madrid),
en nombre y representación del citado Ayuntamiento, en virtud de su cargo y de las facultades que le confiere la legislación vigente al respecto.
Ambos intervienen en nombre y representación de las instituciones señaladas, reconociéndose mutuamente capacidad y legitimación para suscribir el presente convenio de colaboración y a tal efecto,
BOCM-20260521-51
REUNIDOS
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