Información oficial del Boletín Oficial Comunidad Madrid en el día 22-05-2026
Griñón (BOCM-20260522-80)
Organización y funcionamiento. Encomienda gestión
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Organización y funcionamiento. Encomienda gestiónBOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
Pág. 302
VIERNES 22 DE MAYO DE 2026
B.O.C.M. Núm. 120
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
80
GRIÑÓN
ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO
De conformidad con el exigido en el artículo 11 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de
Régimen Jurídico del Sector Público, se procede a la publicación de convenio de colaboración
para encomienda de gestión formalizado en fecha 11/5/2026 entre el Ayuntamiento de Griñón
y el Ayuntamiento de El Álamo de Madrid, con el siguiente tenor literal.
“CONVENIO DE COLABORACIÓN PARA LA ENCOMIENDA DE GESTIÓN
ENTRE EL AYUNTAMIENTO DE GRIÑÓN Y EL AYUNTAMIENTO DE EL ÁLAMO
Comparecencia con firma electrónica a la fecha de la firma.
REUNIDOS
De una parte, el Ilmo. Sr. D Amalio Rodríguez Martín, concejal delegado de
Personal de Griñón (Madrid), en nombre y representación del citado Ayuntamiento, en
virtud de su cargo y de las facultades que le confiere la legislación vigente al respecto,
Y de otra, el Ilmo. Sr. D. Alberto Cabezas Ortega Alcalde de El Álamo (Madrid), en nombre
y representación del citado Ayuntamiento, en virtud de su cargo y de las facultades que
le confiere la legislación vigente al respecto,
Ambos intervienen en nombre y representación de las instituciones señaladas,
reconociéndose mutuamente capacidad y legitimación para suscribir el presente
convenio de colaboración y a tal efecto
MANIFIESTAN
El artículo 11 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, dispone que la realización de
actividades de carácter material o técnico de la competencia de los órganos
administrativos o de las Entidades de Derecho Público podrá ser encomendada a otros
órganos o Entidades de Derecho Público de la misma o de distinta Administración,
siempre que entre sus competencias estén esas actividades, por razones de eficacia o
cuando no se posean los medios técnicos idóneos para su desempeño. Por medio del
presente instrumento, se pretende encomendar al Ayuntamiento de Griñón
la
realización de las actividades necesarias para el cumplimiento de los fines del
encomendante.
Dado que es de interés del Ayuntamiento de El Álamo, por la necesidad de prestación de
funciones propias del Departamento de Urbanismo ante el escaso número de
expedientes que se tramitan de forma anual, los inconvenientes que surgen en su
tramitación y el efecto que tiene en la prestación deficiente de servicios públicos a los
vecinos del municipio, por medio del instrumento de la colaboración con otras
Administraciones Públicas según sus fines institucionales, servicio esencial de
carácter obligatorio, se establece por el Ayuntamiento de El Álamo, encomendar al
Ayuntamiento de Griñón la realización de funciones propias de urbanismo, en base a
las siguientes cláusulas.
PRIMERA. OBJETO.
El objeto del presente convenio es formalizar la encomienda de gestión, en virtud de lo
dispuesto en el Artículo 11 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del
Sector Público, que el Ayuntamiento de El Álamo realiza al Ayuntamiento de Griñón,
para la realización de actividades de carácter material y técnico de apoyo a la gestión del
Departamento de Urbanismo del encomendante, todo ello por razones de eficacia y
BOCM-20260522-80
CLÁUSULAS
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