Información oficial del Boletín Oficial Comunidad Madrid en el día 27-05-2026
Villavieja del Lozoya (BOCM-20260527-89)
Régimen económico. Modificación presupuestaria
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Régimen económico. Modificación presupuestariaBOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
Pág. 228
MIÉRCOLES 27 DE MAYO DE 2026
B.O.C.M. Núm. 124
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
89
VILLAVIEJA DEL LOZOYA
RÉGIMEN ECONÓMICO
Acuerdo del Pleno, de fecha 26 de marzo de 2026, del Ayuntamiento de Villavieja del
Lozoya, por el que se aprueba definitivamente la modificación de créditos n.o 4/2025 del
presupuesto en vigor, en la modalidad de suplemento de crédito, con cargo al remanente líquido de Tesorería.
Habiéndose aprobado definitivamente el expediente de suplemento de crédito, financiado con cargo al remanente líquido de Tesorería, al no haberse presentado alegaciones, se
publica el mismo para su general conocimiento a los efectos del artículo 169.1, por remisión del 179.4, del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo:
SUPLEMENTO EN APLICACIONES DE GASTOS
APLICACIÓN
IMPORTE
AUMENTADO
DENOMINACIÓN
920-61900
Admon. Gral. Otras inversiones de reposición
38.783,19 €
338-22609
Fiestas populares y festejos. Otros festejos
13.220,85 €
920-12100
Admon. Gral. Complemento de destino
8.177,96 €
934-35900
Gestión de la deuda y la tesorería
1.719,83
TOTAL
61.901,83 €
Esta modificación se financia con cargo al remanente de Tesorería del ejercicio anterior, en los siguientes términos:
SUPLEMENTO EN APLICACIONES DE INGRESOS
APLICACIÓN
ECONÓMICA
87000
DENOMINACIÓN
IMPORTE
Remanente de Tesorería. Gastos Generales
61.901,83 €
TOTAL
61.901,83 €
BOCM-20260527-89
Contra el presente acuerdo, conforme al artículo 171.1 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, se podrá interponer recurso contencioso-administrativo, ante la Sala de lo ContenciosoAdministrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid con sede en Madrid, en el plazo de
dos meses a contar desde el día de la publicación del presente anuncio, de conformidad con el
artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Sin perjuicio de ello, a tenor de lo establecido en el artículo 171.3 del texto refundido de
la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004,
de 5 de marzo, la interposición de dicho recurso no suspenderá por sí sola la efectividad del
acto o acuerdo impugnado.
En Villavieja del Lozoya, a 12 de mayo de 2026.—La alcaldesa, Aránzazu Reguera
Carretero.
(03/7.584/26)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
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