Información oficial del Boletín Oficial Comunidad Madrid en el día 03-06-2026
D) Anuncios - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO (BOCM-20260603-42)
Convenio – Adenda de 18 de mayo de 2026, de prórroga del convenio de 26 de mayo de 2025, entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo y la Asociación Española de Codificación Comercial (AECOC) para la realización de actuaciones en materia de acreditación de competencias profesionales adquiridas por experiencia laboral u otras vías no formales o informales
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Convenio – Adenda de 18 de mayo de 2026, de prórroga del convenio de 26 de mayo de 2025, entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo y la Asociación Española de Codificación Comercial (AECOC) para la realización de actuaciones en materia de acreditación de competencias profesionales adquiridas por experiencia laboral u otras vías no formales o informalesPág. 126
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 3 DE JUNIO DE 2026
B.O.C.M. Núm. 130
I. COMUNIDAD DE MADRID
D) Anuncios
Consejería de Economía, Hacienda y Empleo
42
ADENDA de 18 de mayo de 2026, de prórroga del convenio de 26 de mayo de 2025,
entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Economía, Hacienda
y Empleo y la Asociación Española de Codificación Comercial (AECOC) para la
realización de actuaciones en materia de acreditación de competencias profesionales
adquiridas por experiencia laboral u otras vías no formales o informales.
REUNIDOS
De una parte, Dña. María del Carmen Tejera Gimeno, Viceconsejera de Economía y
Empleo nombrada por Decreto 49/2025, de 9 de julio, del Consejo de Gobierno, en el ejercicio de las competencias recogidas en la Orden de 17 de abril de 2024, de la Consejería de
Economía, Hacienda y Empleo, por la que se delega el ejercicio de determinadas competencias, y se desconcentra el protectorado de fundaciones, en relación con el Decreto
230/2023, de 6 de septiembre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, y el Decreto 48/2019, de
10 de junio, del Consejo de Gobierno por el que se regula la actividad convencional de la
Comunidad de Madrid.
Y, de otra parte, D. José María Bonmatí Pérez, en calidad de director gerente, en representación de la Asociación Española de Codificación Comercial (AECOC), domiciliada en
Ronda General Mitre, número 10 (C. P. 08017, Barcelona), con CIF G- 08557985, registrada
en el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales en el servicio de Depósito de Estatutos de la
Subdirección General de Programación y Actuación Administrativa.
Actuando las partes en el ejercicio de sus respectivos cargos y reconociéndose mutuamente su capacidad legal y competencia para formalizar la presente adenda,
I. Con fecha 26 de mayo de 2025 entró en vigor el Convenio de colaboración entre
la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo y la
Asociación Española de Codificación Comercial (AECOC), para la realización de actuaciones en materia de acreditación de competencias profesionales adquiridas por experiencia laboral u otras vías no formales o informales, con el objetivo de impulsar los procedimientos
de acreditación de las competencias profesionales.
La cláusula primera del citado convenio establece como objeto del convenio la colaboración entre ambas entidades en actuaciones en materia de acreditación de competencias profesionales adquiridas por experiencia laboral u otras vías no formales o informales como la puesta en marcha, impulso y coordinación de actuaciones referidas a
procedimientos de reconocimiento de competencias profesionales, con el objeto de fomentar el empleo estable y de calidad y la cualificación profesional de los trabajadores
propios, así como de aquellas personas que se incorporen a las entidades que forman parte de la organización y del sector.
II. Que la cláusula quinta del convenio contempla la posibilidad de prórroga del mismo por períodos anuales, mediante acuerdo de las partes que deberá formalizarse en la correspondiente adenda.
III. La Asociación Española de Codificación Comercial (AECOC), comunica, con
fecha 17 de abril de 2026, su interés en prorrogar el citado convenio, de conformidad con
lo establecido en las cláusulas quinta y novena del convenio.
IV. Ambas partes reconocen que cada una de ellas ha venido cumpliendo los compromisos y obligaciones recogidas en la cláusula segunda del referido convenio, sin que
exista ninguna controversia sobre el desarrollo del mismo. Y considerando los resultados
alcanzados, las partes estiman adecuado prorrogar su período de vigencia por un año más,
con el fin de proseguir la colaboración establecida.
BOCM-20260603-42
EXPONEN
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