Información oficial del Boletín Oficial Comunidad Madrid en el día 15-06-2026
San Fernando de Henares (BOCM-20260615-83)
Urbanismo. Estatutos junta compensación
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Urbanismo. Estatutos junta compensaciónBOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
Pág. 268
LUNES 15 DE JUNIO DE 2026
B.O.C.M. Núm. 140
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
83
SAN FERNANDO DE HENARES
URBANISMO
En la sesión ordinaria celebrada por Junta de Gobierno Local, el día 13 de mayo
de 2026, se adoptó el siguiente Acuerdo:
“Primero.—Aprobar inicialmente el Proyecto de Estatutos y Bases de actuación para
la constitución de la Junta de Compensación del Sector de Suelo Urbanizable Sectorizado
SUPI-6, del Plan General de Ordenación Urbana de San Fernando de Henares, presentado
por Comisión Gestora iSFH SECTOR SUPI-6.
Segundo.—Someter el Proyecto de Estatutos y Bases de Actuación de la Junta de Compensación del SUPI-6, al trámite de información pública durante un plazo de veinte días hábiles, a cuyo efecto se insertará el correspondiente anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA
COMUNIDAD DE MADRID, incluyendo en la publicación el texto íntegro de los mismos y notificar individualizadamente a todos los propietarios afectados, haciendo mención del Boletín Oficial en que se haya publicado el presente anuncio de información pública, según lo establecido en el artículo 161 del Reglamento de Gestión Urbanística, aprobado por Real
Decreto 3288/1978, de 25 de agosto, en relación con el artículo 83 de la Ley 39/2015, de 1
de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas”.
ESTATUTOS
CAPÍTULO I
DISPOSICIONES GENERALES
ARTÍCULO 1. – DENOMINACIÓN.
1.- Bajo la denominación de “Junta de Compensación SUPI-6” del Plan General de San Fernando
de Henares se constituye una entidad urbanística colaboradora, de naturaleza administrativa, ente
corporativo con personalidad jurídica propia y plena capacidad para el cumplimiento de sus fines,
para la ejecución del Sector del mismo nombre, delimitado en el Plan General de Ordenación Urbana
de San Fernando de Henares, aprobada definitivamente mediante Acuerdo de 26 de septiembre de
2002, del Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid, publicado en el BOCM nº 257, de 29 de
octubre de 2002.
2.- La Junta de Compensación se regirá por lo dispuesto en los presentes Estatutos, y, en lo no
previsto por ellos, por la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid; el Texto
Refundido de la Ley de Suelo y Rehabilitación Urbana, aprobado por el Real Decreto Legislativo
7/2015, de 30 de octubre; el Real Decreto 1492/2011, de 24 de octubre, por el que se aprueba el
Reglamento de valoraciones de la Ley de Suelo; el Real Decreto 3288/1978, de 25 de agosto, por
el que se aprueba el Reglamento de Gestión Urbanística de 25 de agosto de 1978, en lo que
resultara de aplicación, el Real Decreto 1093/1997 de 4 de julio, y las demás disposiciones
complementarias que fueran de aplicación en el momento de su constitución.
1.- La Junta tendrá su domicilio en la Avda. General Perón n.º 32 19N de Madrid (28020).
2.- Si por cualquier causa la Junta de Compensación cambiase su domicilio social, deberá dar
cuenta al Ayuntamiento de San Fernando de Henares y al Registro de Entidades Urbanísticas
Colaboradoras de la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio de la Comunidad de
Madrid o el órgano que lo sustituya.
BOCM-20260615-83
ARTÍCULO 2. – DOMICILIO.
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