Información oficial del Boletín Oficial Comunidad Madrid en el día 04-07-2026

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Boletín Oficial Comunidad Madrid
04/07/2026

D) Anuncios - CONSEJERÍA DE CULTURA, TURISMO Y DEPORTE (BOCM-20260704-19)

Convenio – Convenio de 9 de junio de 2026, entre la Comunidad de Madrid y la Asociación Distrito 41, para la promoción turística internacional de la Comunidad de Madrid como destino turístico de compras (2026-2027)

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Convenio – Convenio de 9 de junio de 2026, entre la Comunidad de Madrid y la Asociación Distrito 41, para la promoción turística internacional de la Comunidad de Madrid como destino turístico de compras (2026-2027)
Página 1 del anuncio BOCM
B.O.C.M. Núm. 158

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
SÁBADO 4 DE JULIO DE 2026

Pág. 109

I. COMUNIDAD DE MADRID

D) Anuncios
Consejería de Cultura, Turismo y Deporte
19

CONVENIO de 9 de junio de 2026, entre la Comunidad de Madrid y la Asociación
Distrito 41, para la promoción turística internacional de la Comunidad de
Madrid como destino turístico de compras (2026-2027).

En Madrid, a 9 de junio de 2026.
De una parte, D. Luis Martín Izquierdo en su calidad de Viceconsejero de Cultura, Turismo y Deporte de la Comunidad de Madrid, en nombre y representación la Comunidad de
Madrid, nombrado mediante Decreto 25/2024, de 17 de abril, del Consejo de Gobierno y,
en virtud de lo dispuesto en el Decreto 264/2023, de 5 de diciembre, del Consejo de Gobierno (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 291, de 7 de diciembre de 2023) por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, en su redacción vigente tras su modificación por los Decretos 22/2024,
de 10 de abril, del Consejo de Gobierno y 16/2026, de 4 de marzo, del Consejo de Gobierno, así como, en el dispongo noveno de la Orden 550/2026, de 30 de marzo, de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, por la que se delega el ejercicio de determinadas competencias, la firma de convenios y protocolos y se desconcentra el Protectorado de
Fundaciones, en su relación con el artículo 41.a) de la Ley 1/1983, de 13 de diciembre, de
Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid.
De otra parte, D. Julio David Moreno Sanz, actuando en representación de la Asociación
Distrito 41 con CIF G85322469 y domicilio en calle Serrano, 78, Planta 2, Puerta D, 28006,
Madrid, en su condición de Presidente, de conformidad con los acuerdos adoptados en la
Asamblea General de la Asociación, celebrada en Madrid el día 26 de junio de 2024, así
como con la ratificación de la Junta Directiva efectuada en la Asamblea General de 25 de
junio de 2025.
Actúan cada uno de ellos en la representación que ostentan reconociéndose mutuamente capacidad para obligarse mediante el presente Convenio y a tal efecto,

I. Que de conformidad con lo previsto en el artículo 26.1.1.21 del Estatuto de Autonomía de la Comunidad de Madrid, aprobado por Ley Orgánica 3/1983, de 25 de febrero,
corresponde a esta la competencia exclusiva en materia de promoción y ordenación del turismo en su ámbito territorial.
La Ley 1/1999, de 12 de marzo, de Ordenación del Turismo de la Comunidad de
Madrid, en su Título III, Capítulo II, se refiere a la promoción del turismo como el conjunto
de actividades y medios a través de los cuales la Consejería competente en materia de turismo favorece la demanda de servicios turísticos en la Comunidad de Madrid y apoya la comercialización de los productos turísticos regionales en el ámbito nacional e internacional.
Entre las competencias que tiene atribuida la Dirección General de Turismo y Hostelería, recogidas en el artículo 9 del Decreto 264/2023, de 5 de diciembre, del Consejo de
Gobierno (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 291, de 7 de diciembre de 2023) por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Cultura,
Turismo y Deporte, en su redacción vigente tras su modificación por los Decretos 22/2024,
de 10 de abril, y 16/2026, de 4 de marzo, del Consejo de Gobierno, están, entre otras, las de
coordinación, fomento y planificación del sector y de la actividad turística y la sostenibilidad; la elaboración de estrategias y planes que faciliten la creación y promoción de productos de alto valor añadido para el turismo, con capacidad desestacionalizadora, así como la
promoción del sector turístico madrileño a nivel nacional e internacional.
II. Que la Estrategia de Turismo de la Comunidad de Madrid 2023-2026 fija, entre
otros objetivos, el refuerzo de la imagen y del prestigio del destino; la diversificación y mejora de la propuesta de valor; así como el incremento de la rentabilidad, a través de un mayor gasto y de la estancia media en la región, estableciendo para ello, entre otras líneas de

BOCM-20260704-19

EXPONEN

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