Información oficial del Boletín Oficial Comunidad Madrid en el día 06-07-2026
D) Anuncios - CONSEJERÍA DE FAMILIA, JUVENTUD Y ASUNTOS SOCIALES (BOCM-20260706-50)
Convenio – Convenio de 19 de junio de 2026, entre la Comunidad de Madrid y la Fundación Pegasus, en virtud del cual se formaliza la concesión directa en el año 2026 de una subvención por importe de 150.000 euros, para la puesta en marcha del proyecto piloto “Lo que nadie te cuenta”, un modelo de intervención para familias de personas con discapacidad
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Convenio – Convenio de 19 de junio de 2026, entre la Comunidad de Madrid y la Fundación Pegasus, en virtud del cual se formaliza la concesión directa en el año 2026 de una subvención por importe de 150.000 euros, para la puesta en marcha del proyecto piloto “Lo que nadie te cuenta”, un modelo de intervención para familias de personas con discapacidadPág. 228
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 6 DE JULIO DE 2026
B.O.C.M. Núm. 159
I. COMUNIDAD DE MADRID
D) Anuncios
Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales
50
CONVENIO de 19 de junio de 2026, entre la Comunidad de Madrid y la Fundación Pegasus, en virtud del cual se formaliza la concesión directa en el año 2026
de una subvención por importe de 150.000 euros, para la puesta en marcha del
proyecto piloto “Lo que nadie te cuenta”, un modelo de intervención para familias de personas con discapacidad.
REUNIDOS
De una parte, la Excma. Sra. Doña Ana Dávila-Ponce de León Municio, Consejera de
Familia, Juventud y Asuntos Sociales, nombrada mediante Decreto 46/2023, de 23 de junio, de la Presidenta de la Comunidad de Madrid, actuando en el ejercicio de las competencias que le otorga el artículo 41.a) de la Ley 1/1983, de 13 de diciembre, de Gobierno y
Administración de la Comunidad de Madrid, y el artículo 3.2.a) del Decreto 48/2019, de 10
de junio, por el que se regula la actividad convencional de la Comunidad de Madrid.
Y de otra, D. David Rodríguez Vázquez, quien interviene en nombre y representación de
la Fundación Pegasus, entidad inscrita en el Registro de Fundaciones de competencia estatal
con el número 2259, actuando como Presidente del Patronato con las facultades propias del
cargo, nombrado con fecha 29 de octubre de 2022, cargo que ejerce con carácter vitalicio.
Ambos intervienen en nombre y representación de las instituciones señaladas, reconociéndose mutuamente capacidad y legitimación para suscribir el presente convenio y tal efecto,
EXPONEN
Primero
El Decreto 241/2023, de 20 de septiembre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales, dispone en su artículo 1 que su titular ejercerá las atribuciones que le otorga el artículo 41 de la
Ley 1/1983, de 13 de diciembre, y las demás disposiciones en vigor, correspondiéndole,
como órgano superior de la Administración de la Comunidad de Madrid, el desarrollo general, la coordinación, la dirección, ejecución y control de las políticas públicas del Gobierno
en los ámbitos siguientes: servicios sociales, dependencia, discapacidad, infancia, juventud,
promoción social, fomento del voluntariado, inmigración, cooperación al desarrollo, familia, natalidad, mejora de la calidad asistencial y de atención al usuario de los centros y servicios de atención social, innovación social, consecución de la igualdad real y efectiva en los
diferentes ámbitos de la vida política, económica y social de todas las personas, mujeres, mayores, LGTBI, lucha contra la violencia de género y contra la discriminación.
Segundo
El Decreto 241/2023, de 20 de septiembre, atribuye en su artículo 11 a la Dirección
General de Atención a Personas con Discapacidad, las competencias relativas a la atención
social especializada a personas con discapacidad y enfermedad mental, así como la atención temprana.
La Ley 12/2022, de 21 de diciembre, de Servicios Sociales de la Comunidad de
Madrid, prevé la participación de las entidades privadas en la realización de prestaciones
de servicios sociales del Sistema Público de Servicios Sociales, mediante los instrumentos
jurídicos adecuados a cada caso. En particular, en su artículo 70.2 prevé la colaboración con
la iniciativa privada a través de la formalización de instrumentos para su participación en
la prestación de servicios sociales.
BOCM-20260706-50
Tercero
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