Información oficial del Boletín Oficial Comunidad Madrid en el día 09-07-2026
Torres de la Alameda (BOCM-20260709-59)
Personal. Relación puestos trabajo
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Personal. Relación puestos trabajoB.O.C.M. Núm. 162
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 9 DE JULIO DE 2026
Pág. 373
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
59
TORRES DE LA ALAMEDA
PERSONAL
BOCM-20260709-59
El Pleno del Ayuntamiento de Torre de la Alameda, en sesión ordinaria celebrada el
día 4 de junio de 2026, acordó la aprobación inicial de la Relación de Puestos de Trabajo y
la modificación de la plantilla de personal.
Sometido el acuerdo al trámite de información pública y habiéndose presentado alegaciones, el Pleno en sesión ordinaria celebrada el 7 de julio de 2026 resolvió las mismas y
aprobó definitivamente la Relación de Puestos de Trabajo y la modificación de la plantilla
de personal.
Tanto la Relación de Puestos de Trabajo y como la modificación de la plantilla de personal se encuentra publicada en la sede electrónica, dirección:
https://torresdelaalameda.sedelectronica.es/transparency/75efdacb-4102-4616-a2a71d9fc37d9ffe/
Lo que se hace público para general conocimiento advirtiendo a los intereses que:
— Contra el acuerdo de aprobación definitiva en relación con la modificación de la
RPT, podrán los interesados interponer, alternativamente, o recurso de reposición
potestativo, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la recepción de
esta notificación, ante el alcalde de este Ayuntamiento, de conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o recurso contencioso-administrativo ante la Sección de lo Contencioso-Administrativo en el plazo de dos
meses a contar desde el día siguiente a la recepción de la presente notificación, de
conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Si se optara por interponer el recurso de reposición potestativo, no podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta
que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación por silencio. Asimismo podrá ejercitar cualquier otro recurso que considere pertinente.
— Contra el acuerdo de aprobación definitiva en relación con la modificación de la
plantilla sólo cabrá recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo en el plazo de dos meses, de conformidad con lo establecido en los artículos 30, 112.3 y 114.c) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y los
artículos 8, 10 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Torres de la Alameda, a 8 de julio de 2026.—El alcalde, José Antonio Blanco Heras.
(03/11.464/26)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
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