Información oficial del Boletín Oficial Comunidad Madrid en el día 05-08-2026

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Boletín Oficial Comunidad Madrid
05/08/2026

Alcobendas (BOCM-20260805-40)

Régimen económico. Padrón fiscal

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Contenido de la primera página

Régimen económico. Padrón fiscal
Página 1 del anuncio BOCM

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

Pág. 164

MIÉRCOLES 5 DE AGOSTO DE 2026

B.O.C.M. Núm. 185

III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
40

ALCOBENDAS
RÉGIMEN ECONÓMICO

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 24 del Real Decreto 939/2005, de 29
de julio, por el que se aprueba el Reglamento General de Recaudación, así como en los artículos 21, 23, 57 y 62 de la vigente ordenanza fiscal general de gestión, recaudación e inspección del Ayuntamiento de Alcobendas, se inicia el período voluntario de pago de los tributos de 2026 que a continuación se indican:
CONCEPTO

PERÍODO VOLUNTARIO DE PAGO DE LOS RECIBOS NO DOMICILIADOS

IMPUESTO SOBRE ACTIVIDADES ECONÓMICAS
CONCEPTO

15 de septiembre a 16 de noviembre de 2026
FECHA DE VENCIMIENTO DE RECIBOS CON PAGO APLAZADO

IMPUESTO SOBRE ACTIVIDADES ECONÓMICAS

20 de diciembre de 2026

FECHAS DE CARGO DE LOS RECIBOS DOMICILIADOS
FECHA CARGO EN CUENTA DE LOS RECIBOS DOMICILIADOS MODALIDAD ORDINARIA

A partir de 7 de octubre de 2026

FECHA DE CARGO EN CUENTA PARA EMPRESAS DE RENTING.

A partir del 20 de diciembre de 2026

FECHA DE CARGO EN CUENTA APLAZA6

A partir del 20 de diciembre de 2026

Lugar de pago de los recibos no domiciliados
Entidades colaboradoras o autorizadas para la recaudación: Banco Bilbao Vizcaya
Argentaria (BBVA), Banco Santander, CaixaBank, e Ibercaja.
Formas de pago de los recibos no domiciliados

BOCM-20260805-40

a) Pago en efectivo o cargo en cuenta corriente en las entidades colaboradoras.
b) Cheque bancario o cheque conformado, en cuyo caso se deberá hacer efectivo en
CaixaBank, oficina número 5986, calle Constitución, 92, Alcobendas.
c) A través de Internet, en la dirección http://www.alcobendas.org .
El pago presencial en las oficinas de las entidades colaboradoras se podrá realizar en
los días hábiles y dentro del horario comercial de apertura establecido por cada entidad de
crédito. Y el pago a través de Internet, podrá realizarse todos los días de la semana, las 24
horas al día.
Transcurridos los períodos de pago citados, las deudas serán exigidas por el procedimiento ejecutivo de apremio y devengarán los correspondientes recargos del período ejecutivo, los intereses de demora y, en su caso, las costas que se produzcan.
Alcobendas, a 3 de agosto de 2026.—El tesorero accidental según resolución de la
D. G. R. T. de 12 de mayo de 2026, Enrique García Pérez.
(01/12.952/26)

http://www.bocm.es

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

D. L.: M. 19.462-1983

ISSN 1989-4791

Otra información oficial del Boletín Oficial Comunidad Madrid del día 05-08-2026

C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, AGRICULTURA E INTERIOR (BOCM-20260805-11)

Limitación actividad cinegética Sierra Oeste – Resolución 2091/2026, de 31 de julio, de la Dirección General de Biodiversidad y Gestión Forestal, por la que se limita la actividad cinegética para la temporada 2026-2027 en los terrenos cinegéticos afectados por el incendio forestal de la Sierra Oeste de Madrid del 23/7/2026

D) Anuncios - CONSEJERÍA DE SANIDAD - HOSPITAL UNIVERSITARIO “12 DE OCTUBRE” (BOCM-20260805-24)

Formalización contrato – Resolución de 27 de julio de 2026, de la Dirección-Gerencia del Hospital Universitario “12 de Octubre”, por la que se dispone la publicación en los boletines oficiales y en el “perfil del contratante” de la formalización de la segunda modificación del contrato, para el servicio de mantenimiento...

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