Organización y funcionamiento. Delegación funciones

Información oficial del Boletín Oficial Comunidad Madrid en el día 13-08-2026

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Boletín Oficial Comunidad Madrid

Aranjuez (BOCM-20260813-50)

Organización y funcionamiento. Delegación funciones

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Contenido de la primera página

Organización y funcionamiento. Delegación funciones
Página 1 del anuncio BOCM
Pág. 148

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 13 DE AGOSTO DE 2026

B.O.C.M. Núm. 192

III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
50

ARANJUEZ
ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO

Como alcalde-presidente del Ayuntamiento de Aranjuez, en uso de las atribuciones
que legalmente tengo conferidas, en especial de acuerdo con lo dispuesto por el artículo 116
del Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de
Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales (ROF) y en su
virtud los artículos 8 y 10 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público (LRJSP).
Visto que por Resolución de la Alcaldía número número 2024/2456, de 25 de junio
de 2024, se determinó los miembros así como las competencias delegadas por alcaldíapresidencia en la Junta de Gobierno Local.
Considerando la llegada del período estival y por razones de continuar la tramitación
de los expedientes administrativos de acuerdo con los principios de eficacia y eficiencia en
el funcionamiento de los servicios municipales.
RESUELVO

BOCM-20260813-50

Primero.—Avocar la totalidad de las atribuciones delegadas en la Junta de Gobierno
Local, en virtud de la Resolución de Alcaldía número 2024/2456, en la persona titular de la
Alcaldía-Presidencia o en la que legalmente le sustituya, del 1 al 31 de agosto de 2026, ambos incluidos.
Segundo.—Notificar a los miembros de la Junta de Gobierno Local la presente
Resolución.
Tercero.—De acuerdo con lo dispuesto por el artículo 10.2 LRJSP, la avocación deberá
ser notificada a los interesados en el procedimiento, si los hubiere, con anterioridad o simultáneamente a la resolución final que se dicte.
Contra el acuerdo de avocación no cabrá recurso, aunque podrá impugnarse en el que,
en su caso, se interponga contra la resolución del procedimiento.
Cuarto.—Remitir anuncio de la presente Resolución al BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, de acuerdo con lo dispuesto por el artículo 44.2 ROF, así como
insertarlo en el tablón de edictos municipal.
Quinto.—Dar cuenta de la presente Resolución al Pleno Municipal en la siguiente
sesión ordinaria que celebre.
En Aranjuez, a 4 de agosto de 2026.—El alcalde-presidente, Miguel Gómez Herrero.
(03/13.102/26)

http://www.bocm.es

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

D. L.: M. 19.462-1983

ISSN 1989-4791

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