Organización y funcionamiento. Estatutos agrupación
Información oficial del Boletín Oficial Comunidad Madrid en el día 17-08-2026
Berzosa del Lozoya (BOCM-20260817-39)
Organización y funcionamiento. Estatutos agrupación
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Organización y funcionamiento. Estatutos agrupaciónBOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
B.O.C.M. Núm. 195
LUNES 17 DE AGOSTO DE 2026
Pág. 233
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
39
BERZOSA DEL LOZOYA
ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO
Aprobado por el Pleno Municipal de fecha 25 de julio de 2026, la modificación de los
Estatutos de la Agrupación para el sostenimiento de personal en común de los Ayuntamientos de Berzosa del Lozoya, Puebla de la Sierra y Madarcos, comprensiva de los puestos de
Secretaría-Intervención y Auxiliar Administrativo se expone al público por plazo de treinta días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la publicación del presente anuncio
en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, para que quienes se consideren
interesados puedan examinarlo y presentar las alegaciones que estimen pertinentes, de conformidad con lo establecido en el artículo 78 de la Ley 2/2003, de 11 de marzo, de Administración Local de la Comunidad de Madrid. Se procede a la publicación íntegra de los citados Estatutos.
ESTATUTOS DE LA AGRUPACIÓN PARA EL SOSTENIMIENTO DE PERSONAL EN COMUN DE
BERZOSA DE LOZOYA, PUEBLA DE LA SIERRA Y MADARCOS.
Artículo 1
Objeto
El objeto de estos Estatutos tiene por finalidad el establecimiento de las Reglas de Organización
interna para el funcionamiento de la Agrupación para el sostenimiento en común de los puestos de
trabajo de las Secretarías integradas por los municipios de Berzosa de Lozoya, Puebla de la Sierra
y Madarcos (Madrid), de acuerdo con la Ley 7/1985, Reguladora de las Bases del Régimen Local,
en su artículo 28: “Podrán establecerse, en municipios determinados de menos de 20.000
habitantes, sistemas de gestión colaborativa dirigidos a garantizar los recursos suficientes para el
cumplimiento de las competencias municipales y, en particular, para una prestación de calidad,
financieramente sostenible, de los servicios públicos mínimos obligatorios, mediante medidas de
racionalización organizativa y de funcionamiento; de garantía de la prestación de dichos servicios
mediante fórmulas de gestión comunes o asociativas; de sostenimiento del personal en común con
otro u otros municipios; y, en general, de fomento del desarrollo económico y social de los
municipios.” y en virtud de lo dispuesto en el artículo 9 del Real Decreto 128/2018, de 16 de marzo,
sobre provisión de puestos de trabajo reservados a funcionarios de Administración Local con
habilitación de carácter nacional, los Ayuntamientos de Berzosa de Lozoya, Puebla de la Sierra y
Madarcos, se constituyen en agrupación voluntaria para el sostenimiento en común del puesto de
Secretaría-Intervención, de conformidad con lo previsto en los artículos 78 a 80 de la Ley 2/2003 de
11 de marzo.
Dicho puesto se regirá por lo dispuesto en los presentes Estatutos, el Real Decreto Legislativo
5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del
Empleado Público; el Real Decreto 128/2018, de 16 de marzo, y demás normas en materia de
régimen Local aplicables.
Artículo 2
La capitalidad de la Agrupación, a sus solos efectos, se fija en el municipio de Berzosa de Lozoya.
Su sede radicará en la Casa Consistorial del mismo.
B.O.C.M. Núm. 198 VIERNES 19 DE AGOSTO DE 2016 Pág. 13
BOCM-20160819-3
BOCM BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
BOCM-20260817-39
Sede
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