Organización y funcionamiento. Ordenanza gestión padrón habitantes
Información oficial del Boletín Oficial Comunidad Madrid en el día 18-08-2026
El Álamo (BOCM-20260818-26)
Organización y funcionamiento. Ordenanza gestión padrón habitantes
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Organización y funcionamiento. Ordenanza gestión padrón habitantesB.O.C.M. Núm. 196
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 18 DE AGOSTO DE 2026
Pág. 155
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
26
EL ÁLAMO
ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO
Al no haberse presentado alegaciones durante su periodo de exposición pública, resulta
elevado automáticamente a definitivo el acuerdo adoptado en sesión plenaria, celebrada el
día 28 de mayo de 2026, para la aprobación inicial de la ordenanza municipal reguladora
de la gestión del padrón municipal de habitantes de El Álamo y del procedimiento sancionador para los incumplimientos de los ciudadanos en relación con sus obligaciones con el
padrón municipal de habitantes.
En cumplimiento con lo dispuesto en el artículo 70.2 de la Ley Reguladora de las Bases de Régimen Local, se publica su contenido íntegro.
Los interesados podrán interponer recurso contencioso-administrativo a partir de la
presente publicación en la forma y plazos establecidos en las normas reguladoras de dicha
jurisdicción.
Dicha ordenanza es del siguiente tenor literal:
ORDENANZA MUNICIPAL REGULADORA DE LA GESTIÓN DEL PADRÓN MUNICIPAL
DE HABITANTES DE EL ÁLAMO Y DEL PROCEDIMIENTO SANCIONADOR PARA LOS
INCUMPLIMIENTOS DE LOS CIUDADANOS EN RELACIÓN CON SUS OBLIGACIONES
CON EL PADRÓN MUNICIPAL DE HABITANTES
“El Artículo 19 de la Constitución Española dispone que “los españoles tienen derecho a elegir
libremente su residencia y circular por el territorio nacional”. A los efectos de la presente normativa
entenderemos como residencia el lugar donde se tiene el domicilio, que será el de la dirección
inscrita en el padrón.
El Padrón Municipal, es el registro administrativo donde constan los vecinos de un municipio. Está
básicamente regulado por la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local
y por el Real Decreto 1690/1986, de 11 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de Población
y Demarcación Territorial de las Entidades Locales.
Volviendo a nuestra norma suprema, el artículo 25.1 de la Constitución Española establece un
mandamiento en cuanto a la regulación de los tipos de infracción administrativa y/o sanciones que
le sean de aplicación, sin que sea posible que, a partir de la misma, se puedan tipificar nuevas
infracciones ni introducir nuevas sanciones o alterar el cuadro de las existentes por una norma
reglamentaria cuyo contenido no esté suficientemente predeterminado o delimitado por otra con
rango de Ley.
Con respecto a la gestión del Padrón Municipal de Habitantes, la Resolución de 29 de abril de 2020, de
la subsecretaría, por la que se publica la Resolución de 17 de febrero de 2020 de la Presidencia del
Instituto Nacional de Estadística y de la Dirección General de Cooperación Autonómica y Local, dicta las
instrucciones Técnicas para los Ayuntamientos con respecto al Padrón Municipal.
En dicha gestión es conveniente introducir determinados aspectos como los relativos al control de
los empadronamientos en los domicilios y la supervisión de aquellos domicilios que, por distintas
razones, hayan requerido de comprobaciones con resultado negativo respecto a las solicitudes
realizadas o en los que se hayan producido numerosos expedientes a personas como
BOCM-20260818-26
En el ámbito de colaboración normativa de los municipios respecto a la regulación de la presente
normativa, conviene resaltar que la garantía de la autonomía local (artículos 137 y 140 de la
Constitución Española) abre un amplio campo para la regulación municipal, siempre que encuentre
legitimación plenaria en su ulterior aprobación.
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